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118 Informe Anual 09<br />
participación del reaseguro en las provisiones técnicas constituidas<br />
por las entidades de seguros consolidadas. En el supuesto<br />
de deterioro de estos activos, la pérdida<br />
correspondiente se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias<br />
consolidada directamente contra dichos activos.<br />
El capítulo “Pasivos por contratos de seguros” del balance<br />
consolidado incluye las provisiones técnicas registradas por<br />
las entidades de seguro consolidadas para cubrir los compromisos<br />
con origen en los contratos de seguro vigentes al<br />
cierre del ejercicio.<br />
De acuerdo con las prácticas contables generalizadas en el<br />
sector asegurador, las entidades de seguros consolidadas<br />
abonan a resultados los importes de las primas que emiten<br />
y cargan a sus cuentas de resultados el coste de los siniestros<br />
a los que deben hacer frente cuando se produce la liquidación<br />
final de los mismos. Estas prácticas contables obligan<br />
a las entidades aseguradoras a periodificar al cierre de cada<br />
ejercicio tanto los importes abonados a sus cuentas de pérdidas<br />
y ganancias y no devengados a esa fecha como los<br />
costes incurridos no cargados a las cuentas de pérdidas y<br />
ganancias.<br />
Al cierre de cada ejercicio se comprueba si la valoración de<br />
los pasivos por contratos de seguros reconocidos en el balance<br />
consolidado es adecuada, calculando la diferencia<br />
entre los siguientes importes:<br />
- Las estimaciones actuales de futuros flujos de efectivo consecuencia<br />
de los contratos de seguro de las entidades consolidadas.<br />
Estas estimaciones incluirán todos los flujos de<br />
efectivo contractuales y los relacionados, tales como costes<br />
de tramitación de reclamaciones; y<br />
- El valor reconocido en el balance consolidado de sus pasivos<br />
por contratos de seguros (véase Nota 13), neto de cualquier<br />
gasto de adquisición diferido o activo intangible<br />
relacionado, tal como el importe satisfecho por la adquisición,<br />
en los supuestos de compra por la entidad, de los derechos<br />
económicos derivados de un conjunto de pólizas de<br />
su cartera a favor de un mediador.<br />
Si de dicho cálculo se obtiene un importe positivo, dicho<br />
importe se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias<br />
consolidada.<br />
i) Activos materiales<br />
Incluye el importe de los inmuebles, terrenos, mobiliario, vehículos,<br />
equipos de informática y otras instalaciones propiedad<br />
de las entidades consolidadas o adquiridas en régimen<br />
de arrendamiento financiero. Los activos se clasifican en función<br />
de su destino en:<br />
i. Inmovilizado material de uso propio<br />
El inmovilizado de uso propio se presenta a su coste de<br />
adquisición, regularizado y actualizado, en su caso, de<br />
acuerdo con las disposiciones legales aplicables, menos<br />
su correspondiente amortización acumulada y, si procede,<br />
las pérdidas por deterioro que resultan de comparar el<br />
valor neto de cada partida con su correspondiente importe<br />
recuperable.<br />
La amortización se calcula, aplicando el método lineal,<br />
sobre el coste de adquisición de los activos menos su valor<br />
residual; entendiendo que los terrenos sobre los que se<br />
asientan los edificios y otras construcciones tienen una<br />
vida indefinida y que, por tanto, no son objeto de amortización.<br />
Las dotaciones anuales en concepto de amortización de<br />
los activos materiales se realizan con contrapartida en la<br />
cuenta de pérdidas y ganancias consolidada y, básicamente,<br />
equivalen a los porcentajes de amortización siguientes<br />
(determinados en función de los años de vida útil<br />
estimada, como promedio, de los diferentes elementos):<br />
Porcentaje<br />
Anual<br />
Edificios de uso propio 2,0%<br />
Mobiliario 7,7%<br />
Instalaciones 6,0%<br />
Equipos de oficina y mecanización 25,0%<br />
Remodelación de oficinas alquiladas 7,0%<br />
Con ocasión de cada cierre contable, las entidades consolidadas<br />
analizan si existen indicios de que el valor neto de<br />
los elementos de su activo material excede de su correspondiente<br />
importe recuperable, en cuyo caso reducen el<br />
valor en libros del activo de que se trate hasta su importe<br />
recuperable y ajustan los cargos futuros en concepto de<br />
amortización en proporción a su valor en libros ajustado y<br />
a su nueva vida útil remanente, en el caso de ser necesaria<br />
una reestimación de la misma.<br />
De forma similar, cuando existen indicios de que se ha recuperado<br />
el valor de un activo material, las entidades consolidadas<br />
registran la reversión de la pérdida por deterioro<br />
registrada en periodos anteriores y ajustan, en consecuencia,<br />
los cargos futuros en concepto de amortización. En<br />
ningún caso, la reversión de la pérdida por deterioro de<br />
un activo puede suponer el incremento de su valor en libros<br />
por encima de aquél que tendría si no se hubieran reconocido<br />
pérdidas por deterioro en ejercicios anteriores.<br />
Asimismo, al menos al final del ejercicio, se procede a revisar<br />
la vida útil estimada de los elementos del inmovilizado<br />
material de uso propio, con la finalidad de detectar<br />
cambios significativos en la misma que, de producirse, se<br />
ajustarán mediante la correspondiente corrección del<br />
cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada de<br />
ejercicios futuros de la dotación a su amortización en virtud<br />
de la nueva vida útil.