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Descargar informe completo - Banesto

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Se consideran “activos del Plan” aquellos con los que se<br />

liquidarán directamente las obligaciones y cumplen las siguientes<br />

condiciones:<br />

- No son propiedad de las entidades consolidadas, sino de<br />

un tercero separado legalmente y sin el carácter de parte<br />

vinculada al Grupo.<br />

- Sólo están disponibles para pagar o financiar retribuciones<br />

post-empleo, no estando disponibles por los acreedores<br />

del Grupo, ni siquiera en caso de situación<br />

concursal, no pudiendo retornar a las entidades consolidadas,<br />

salvo cuando los activos que quedan en dicho<br />

Plan sean suficientes para cumplir todas las obligaciones<br />

del Plan o de la entidad relacionadas con las prestaciones<br />

de los empleados actuales o pasados o para reembolsar<br />

las prestaciones de los empleados ya pagadas por<br />

el Grupo.<br />

- Cuando los activos los posea una entidad (o fondo) de<br />

prestaciones post-empleo a largo plazo para los empleados,<br />

no son instrumentos financieros intransferibles<br />

emitidos por la entidad.<br />

Si el Grupo puede exigir a las entidades aseguradoras el<br />

pago de una parte o de la totalidad del desembolso requerido<br />

para cancelar una obligación por prestación definida,<br />

resultando prácticamente cierto que dicho asegurador<br />

vaya a reembolsar alguno o todos los desembolsos exigidos<br />

para cancelar dicha obligación, pero la póliza de seguro<br />

no cumple las condiciones para ser un activo del<br />

Plan, el Grupo registra su derecho al reembolso en el activo<br />

del balance consolidado en el epígrafe “Contratos de<br />

seguros vinculados a pensiones” que, en los demás aspectos,<br />

se trata como un activo del Plan.<br />

Se consideran “ganancias y pérdidas actuariales” las que<br />

procedan de las diferencias entre hipótesis actuariales<br />

previas y la realidad así como de cambios en las hipótesis<br />

actuariales utilizadas. El Grupo aplica, por Planes, el criterio<br />

de la “banda de fluctuación”, por lo que se registran<br />

bien directamente contra reservas, a través del estado de<br />

ingresos y gastos reconocidos, bien en la cuenta de pérdidas<br />

y ganancias consolidada la cuantía que resulta de<br />

diferir en un período de cinco años el importe neto de las<br />

ganancias y/o pérdidas actuariales acumuladas no reconocidas<br />

al inicio del ejercicio que exceda el 10% del valor<br />

actual de las obligaciones o el 10% del valor razonable de<br />

los activos al inicio del ejercicio, el mayor de los dos.<br />

Las retribuciones post-empleo se reconocen en la cuenta<br />

de pérdidas y ganancias consolidada de la forma siguiente:<br />

- El coste de los servicios del período corriente – entendiendo<br />

como tal el incremento en el valor actual de las<br />

obligaciones que se origina como consecuencia de los servicios<br />

prestados en el ejercicio por los empleados-, en el<br />

capítulo “Gastos de administración-Gastos de personal”.<br />

- El coste por intereses – entendiendo como tal el incremento<br />

producido en el ejercicio en el valor actual de las<br />

obligaciones como consecuencia del paso del tiempo-,<br />

en el capítulo “Intereses y cargas asimiladas”.<br />

- El rendimiento esperado de los activos asignados a la cobertura<br />

de los compromisos y las pérdidas y ganancias<br />

en su valor, menos cualquier coste originado por su administración<br />

y los impuestos que les afecten, en el capítulo<br />

“Intereses y rendimientos asimilados”.<br />

- Las pérdidas y ganancias actuariales reconocidas en el<br />

ejercicio en aplicación del tratamiento de la “banda de<br />

fluctuación” en el capítulo “Dotaciones a provisiones<br />

(neto)”, salvo que la entidad opte por reconocerlas directamente<br />

en el patrimonio neto.<br />

ii. Planes de aportación definida<br />

Las aportaciones ordinarias y extraordinarias efectuadas<br />

por este concepto en cada ejercicio se registran en los capítulos<br />

“Gastos de personal” y “Dotaciones a provisiones<br />

(neto)”, respectivamente, de la cuenta de pérdidas y ganancias<br />

consolidada. Las cuantías pendientes de aportar<br />

al cierre de cada ejercicio se registran, por su valor actual,<br />

en el epígrafe “Provisiones - Fondos para pensiones y obligaciones<br />

similares” del pasivo del balance consolidado.<br />

En el ejercicio 2009 el Grupo ha realizado aportaciones a<br />

planes de aportación definida por importe de 9.324 miles<br />

de euros (8.521 miles de euros en el ejercicio 2008), de<br />

las que 7.039 miles de euros se encuentran registradas<br />

en el epígrafe “Gastos de personal” (6.198 miles de euros<br />

en el ejercicio 2008- véase Nota 41) y, el resto, 2.285<br />

miles de euros, en el epígrafe “Dotaciones a provisiones<br />

(neto)” dado su carácter extraordinario. Al 31 de diciembre<br />

de 2009 y 2008, no existían aportaciones devengadas<br />

pendientes de realizar por este concepto.<br />

w) Otras retribuciones a largo plazo<br />

<strong>Banesto</strong><br />

123<br />

Los compromisos asumidos con el personal prejubilado<br />

(aquel que ha cesado de prestar sus servicios en la entidad<br />

pero que, sin estar legalmente jubilado, continua con derechos<br />

económicos frente a ella hasta que pase a la situación<br />

legal de jubilado), los premios de antigüedad, los compromisos<br />

por viudedad e invalidez anteriores a la jubilación que<br />

dependan de la antigüedad del empleado en la entidad, y<br />

otros conceptos similares se tratan contablemente, en lo aplicable,<br />

según lo establecido anteriormente para los Planes<br />

post-empleo de prestación definida, con la salvedad de que<br />

todo el coste del servicio pasado y las pérdidas y ganancias<br />

actuariales se reconocen de forma inmediata en la cuenta<br />

de pérdidas y ganancias.<br />

x) Transacciones con pagos basados en instrumentos de capital<br />

La entrega a los empleados de instrumentos de capital propio<br />

como contraprestación a sus servicios, cuando dichos

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