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INICIATIVA Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo ... - implan

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Artículo 180.-El CUS máximo para lotes o predios en el DDE o Polígono <strong>de</strong> Actuación<br />

Calzadas será el correspondiente a la zona en la que se ubiquen, indicado y según las<br />

disposiciones establecidas en el Plano E3 (Densida<strong>de</strong>s Habitacionales y CUS Máximo)<br />

<strong>de</strong>l Plan.<br />

Artículo 181.-El cálculo <strong>de</strong>l CUS se llevará a cabo <strong>de</strong> acuerdo a lo establecido en el<br />

Artículo 12.<br />

SECCIÓN II. FORMA URBANA DE LAS EDIFICACIONES<br />

APARTADO I. ALINEAMIENTOS Y REMETIMIENTOS<br />

Artículo 182.- En los predios o lotes ubicados enel DDE Calzadas, las edificaciones<br />

<strong>de</strong>berán respetar los lineamientos <strong>de</strong> alineamientos y remetimientos establecidos en<br />

los Títulos Tercero y Cuarto, con excepción <strong>de</strong> los lineamientos <strong>de</strong> remetimiento frontal<br />

los cuales serán los establecidos en este Artículo.<br />

Remetimiento frontal:<br />

I. Remetimiento mínimo frontal: el mayor <strong>de</strong> tres metros o el cinco por ciento <strong>de</strong><br />

la longitud <strong>de</strong>l frente <strong>de</strong>l lote, sin exce<strong>de</strong>r seis metros.<br />

II. Remetimiento máximo frontal: seis metros.<br />

III. El remetimiento máximo frontal no aplica para la porción <strong>de</strong> la edificación sobre<br />

la(s) rampa(s) vehicular(es) <strong>de</strong> acceso al estacionamiento.<br />

IV. El área libre que resulte <strong>de</strong>l remetimiento frontal no podrá ser utilizada para<br />

ubicar cajones <strong>de</strong> estacionamiento.<br />

V. El área libre que resulte <strong>de</strong>l remetimientofrontal <strong>de</strong>berá estar ajardinada con<br />

excepción <strong>de</strong>l espacio utilizado por accesos peatonales y/o vehiculares.<br />

CAPÍTULO III. DISTRITO DE DESARROLLO ESPECÍFICO O POLÍGONO DE<br />

ACTUACIÓN CARRIZALEJO<br />

Artículo 183.- Se establece como el DDE o Polígono <strong>de</strong> Actuación Carrizalejo la zona<br />

<strong>de</strong>limitada en el Plan e i<strong>de</strong>ntificada con las siglas “CR”.<br />

SECCIÓN I. COEFICIENTE DE UTILIZACIÓN DEL SUELO (CUS)<br />

Artículo 184.-El CUS máximo para lotes o predios en el DDE o Polígono <strong>de</strong> Actuación<br />

Carrizalejo será el correspondiente a la zona en la que se ubiquen, indicado y según<br />

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