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200812 Seminario Permanente Sobre Realidad Nacional, Desafios ...

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2. Instituto de la Defensa Pública Penal<br />

2.1 Contexto institucional del período de estudio<br />

El Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP) bajo la dirección<br />

de la abogada Blanca Aída Stallin Dávila, continuó la<br />

ejecución del Plan Estratégico 2005-2009 conforme a sus tres<br />

líneas de acción: a) estructura organizativa funcional y<br />

eficiente; b) profesionalización especializada del abogado<br />

defensor –como uno de los elementos para la<br />

institucionalización de la carrera profesional–; y c)<br />

posicionamiento del IDPP en el sistema de justicia –de acuerdo<br />

a lo establecido en la Ley del Servicio Público de Defensa<br />

Penal–. Tales acciones tienen como ejes transversales el<br />

enfoque de género, el enfoque de interculturalidad, los grupos<br />

vulnerables y la transparencia.<br />

Asimismo, el funcionamiento del IDPP se desarrolló en el marco<br />

de opiniones encontradas sobre la ampliación de su mandato<br />

institucional que circunscribe el ejercicio de su función a la<br />

defensa gratuita únicamente en el área penal 107 . Por una<br />

parte, se ha establecido que ampliar las funciones del IDPP<br />

significaría involucrarse en áreas que no son de su<br />

competencia con la consecuente necesidad de utilizar<br />

recursos económicos que desde ya son insuficientes 108 ; y por<br />

107<br />

El Art. 1 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, contenida en el<br />

Decreto número 129-97 del Congreso de la República, dispone que: “Se crea<br />

el Instituto de la Defensa Pública Penal, organismo administrador del servicio<br />

público de defensa penal, para asistir gratuitamente a personas de escasos<br />

recursos económicos (…)”.<br />

108<br />

Según entrevista con persona vinculada a la sociedad civil, el 8 de abril de<br />

2008.<br />

129

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