Informe semestral (pdf) - Cajastur
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Goldman Sachs Funds, plc<br />
Notas sobre los estados financieros (sin auditar) (continuación)<br />
Correspondiente al período cerrado a 30 de junio de 2011<br />
5 Garantía de pactos de recompra<br />
El cuadro siguiente muestra los importes recibidos como garantía de pactos de recompra a 30 de junio de<br />
2011 y 31 de diciembre de 2010:<br />
% de la % de la<br />
Fondo 30 de jun. de 2011 Posición 31 de dic. de 2010 Posición<br />
Goldman Sachs US$ Liquid Reserves Fund USD 7.567.160.690 103% USD 6.413.830.814 1 102%<br />
Goldman Sachs Sterling Liquid Reserves Fund GBP 519.486.000 102% GBP 898.922.230 102%<br />
Goldman Sachs Euro Liquid Reserves Fund EUR 2.316.828.001 102% EUR 3.647.214.849 102%<br />
Goldman Sachs Yen Liquid Reserves Fund JPY 2.550.040.981 102% JPY 2.856.032.897 102%<br />
Goldman Sachs US$ Treasury Liquid Reserves Fund USD 6.037.233.782 102% USD 8.737.454.206 2 103%<br />
Goldman Sachs Euro Government Liquid Reserves Fund EUR 1.100.172.000 102% EUR 840.786.000 102%<br />
Goldman Sachs Sterling Government Liquid Reserves Fund GBP 1.622.514.000 102% GBP 192.467.239 102%<br />
1 Este importe excluye ciertas garantías recibidas, según se describe en el apartado siguiente.<br />
2 Este importe incluye ciertas garantías recibidas en las cuentas de garantía tripartitas de Goldman Sachs Asset Management International y<br />
Goldman Sachs US$ Liquid Reserves Fund dado que, en virtud del patrón estadístico que figura en el apartado siguiente, se considera que<br />
algunas garantías han sido mantenidas en fideicomiso en beneficio del Goldman Sachs US$ Treasury Liquid Reserves Fund.<br />
Goldman Sachs US$ Treasury Liquid Reserves Fund (“el Fondo”) suscribió tres pactos de recompra tripartitos, uno<br />
el 28 de diciembre de 2010 y dos el 30 de diciembre del mismo año, por un valor total de 2.750 millones de dólares,<br />
con tres contrapartes distintas. Como consecuencia de ciertos problemas operativos relacionados con estas<br />
contrapartes y con Bank of New York Mellon, en calidad de agente de garantía tripartito (“BNYM”), la garantía fue<br />
entregada a cuentas distintas a la del Fondo. En contraprestación a pactos de recompra por 2.000 millones de<br />
dólares, se entregó una garantía admisible y suficiente en una cuenta mantenida en BNYM en nombre de Goldman<br />
Sachs US$ Liquid Reserves Fund, otro fondo de la Sociedad, en lugar de entregarse a la cuenta del Fondo. En<br />
contraprestación a pactos de recompra por 750 millones de dólares celebrados con Goldman Sachs International,<br />
una parte vinculada a la Sociedad, se entregó una garantía correcta en cuanto al valor de la transacción (pero que<br />
no cumplía el perfil de admisibilidad impuesto por el Fondo) en una cuenta mantenida con BNYM en nombre de<br />
Goldman Sachs Asset Management International, el Gestor de Inversiones del Fondo, en lugar de entregarse en la<br />
cuenta del Fondo. Los tres pactos de recompra vencieron posteriormente el 3, 4 y 6 de enero de 2011, de<br />
conformidad con los términos allí estipulados, en contraprestación de su valor, sin afectar negativamente al Fondo.<br />
6 Régimen fiscal<br />
De conformidad con la legislación y las prácticas vigentes en Irlanda, la Sociedad se define como organismo<br />
de inversión mobiliaria, según el Artículo 739B de la Ley de Consolidación Fiscal de 1997 (Taxes<br />
Consolidation Act, 1997), en su versión modificada. En consecuencia, los ingresos o plusvalías generados por<br />
la Sociedad no están sujetos a tributación en Irlanda.<br />
La Sociedad no está obligada a declarar en el impuesto irlandés los ingresos o plusvalías que obtiene, salvo<br />
cuando se produce un hecho imponible.<br />
Se entiende como “hecho imponible” los repartos de dividendos a los Accionistas y los cobros en efectivo, así como<br />
los reembolsos o traspasos de acciones, las apropiaciones o cancelaciones de acciones o la supuesta enajenación<br />
de acciones cada ocho años a contar desde la fecha de adquisición de las mismas, excepto en el caso de:<br />
(a) Accionistas que no son residentes irlandeses ni tienen su residencia habitual en Irlanda a efectos fiscales<br />
en el momento de producirse el hecho imponible y que han facilitado a la Sociedad la oportuna<br />
declaración de no residente, y<br />
(b) Determinados accionistas exentos residentes en Irlanda que han presentado a la Sociedad las<br />
pertinentes declaraciones firmadas.<br />
No se entienden como hechos imponibles:<br />
(i)<br />
las transacciones relativas a acciones mantenidas en un sistema de compensación reconocido,<br />
designado por orden de la Agencia Tributaria de Irlanda;<br />
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