Informe y cuentas anuales 2006 - Caja España-Duero
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<strong>Caja</strong> España de Inversiones, <strong>Caja</strong> de Ahorros y Monte de Piedad y Sociedades Dependientes<br />
26. Situación fiscal<br />
La <strong>Caja</strong> y sus sociedades dependientes consolidadas no tributan por este impuesto en Régimen de Declaración Consolidada. Para<br />
cada una de las entidades consolidadas, el Impuesto sobre Sociedades se calcula en base al resultado económico o contable, obtenido<br />
por la aplicación de principios de contabilidad generalmente aceptados, que no necesariamente ha de coincidir con el resultado fiscal,<br />
entendido éste como la base imponible del citado impuesto.<br />
La conciliación del resultado contable consolidado de los ejercicios <strong>2006</strong> y 2005 con la base imponible consolidada prevista del<br />
Impuesto sobre Sociedades de dicho ejercicio, es la siguiente:<br />
Miles de Euros<br />
<strong>2006</strong> 2005<br />
Resultado contable del ejercicio antes del<br />
Impuesto sobre Sociedades (beneficio)<br />
Diferencias permanentes<br />
Diferencias temporarias<br />
Base imponible (resultado fiscal)<br />
165.095<br />
(15.926)<br />
(15.712)<br />
133.457<br />
146.287<br />
(43.916)<br />
15.930<br />
118.301<br />
Las principales diferencias permanentes en el reconocimiento de gastos e ingresos a efectos contables corresponden a la dotación<br />
realizada a la Obra Social así como en la dotación neta realizada en relación con provisiones de carácter no deducible.<br />
Formando parte del gasto por el “Impuesto sobre beneficios” que figura registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada<br />
del ejercicio <strong>2006</strong> adjunta, se incluye un importe de 2.355 miles de euros, que corresponden a la diferencia positiva existente entre<br />
la liquidación prevista por el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2005 y la liquidación definitiva de dicho impuesto.<br />
Efecto del cambio en el tipo impositivo<br />
La Disposición Final Segunda de la Ley 35/<strong>2006</strong>, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de<br />
modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, de<br />
modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5<br />
marzo, establece que el tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades será el 32,5% y el 30% para los períodos impositivos<br />
iniciados a partir del 1 de enero de 2007 y 2008, respectivamente.<br />
En este sentido, en el ejercicio <strong>2006</strong> la <strong>Caja</strong> y las diferentes sociedades que conforman el Grupo han procedido a reestimar, teniendo<br />
en cuenta el ejercicio en el que previsiblemente se producirá la reversión correspondiente, el importe de los activos y pasivos por<br />
impuestos diferidos, así como de los créditos impositivos contabilizados en el balance de situación consolidado. Consecuentemente,<br />
formando parte del gasto por el Impuesto sobre Sociedades que figura registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada<br />
del ejercicio <strong>2006</strong> adjunta, el Grupo ha incluido un importe de 19.980 miles de euros, aproximadamente, como contrapartida del<br />
mencionado efecto ocasionado como consecuencia de la citada modificación de la legislación tributaria que se ha producido en el<br />
ejercicio <strong>2006</strong>.<br />
Impuesto sobre beneficios diferido<br />
La diferencia entre la carga fiscal imputada al ejercicio <strong>2006</strong> y a los ejercicios precedentes y el impuesto ya pagado o que habrá de<br />
pagarse por esos ejercicios, se registra en la cuenta “Impuesto sobre beneficios diferido”, activos o pasivos, según sea el caso.<br />
5.2 <strong>cuentas</strong> <strong>anuales</strong><br />
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