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Código Financiero - LVIII Legislatura del Estado de México

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<strong>de</strong> necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> seguridad pública; otorgamiento <strong>de</strong> <strong>de</strong>sayunos escolares,apoyos alimentarios y <strong>de</strong> asistencia social a la población, así como a laconstrucción, equipamiento y rehabilitación <strong>de</strong> infraestructura física <strong>de</strong> losniveles <strong>de</strong> educación básica y superior en su modalidad universitaria,respectivamente.Artículo 231.- Artículo 231.- Las acciones <strong>de</strong> administración, inversión yaplicación <strong>de</strong> los fondos fe<strong>de</strong>rales, convenios <strong>de</strong> <strong>de</strong>scentralización y programas<strong>de</strong> apoyos fe<strong>de</strong>rales a que se refiere el presente capítulo, se llevarán a cabo conapego al Plan <strong>de</strong> Desarrollo <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>Estado</strong> <strong>de</strong> <strong>México</strong>, a los planes municipales <strong>de</strong><strong>de</strong>sarrollo respectivos, a la legislación estatal y municipal aplicable y a losconvenios que al efecto se suscriban.Artículo 232.- Artículo 232.- Las disposiciones <strong>de</strong> las leyes y reglamentos quenorman la participación social en el Sistema <strong>de</strong> Planeación Democrática <strong><strong>de</strong>l</strong><strong>Estado</strong> <strong>México</strong>, <strong>de</strong>terminarán los mecanismos para coordinar las consultas yacciones <strong>de</strong> participación ciudadana, respecto <strong>de</strong> la realización <strong>de</strong> las obras quehabrán <strong>de</strong> llevarse a cabo con los recursos a que se refiere este capítulo.Artículo 233.- Artículo 233.- Las obras o acciones que se lleven a cabo con losrecursos a que se refiere el presente capítulo serán supervisadas mediante laintegración <strong>de</strong> un Comité Ciudadano <strong>de</strong> Control y Vigilancia que será constituidopor la autoridad municipal, mediante elección en asamblea <strong>de</strong> tres vecinos <strong>de</strong> lacomunidad beneficiada.Artículo 234.- Artículo 234.- La Secretaría con base en los lineamientosestablecidos por la Ley <strong>de</strong> Coordinación Fiscal, calculará y hará la entrega <strong>de</strong> lasaportaciones fe<strong>de</strong>rales correspondientes a los municipios, <strong>de</strong>biendo publicarlasen el Periódico Oficial a más tardar el treinta y uno <strong>de</strong> enero <strong><strong>de</strong>l</strong> ejercicio fiscalaplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cadaelemento y comunicado a cada uno <strong>de</strong> los ayuntamientos el montocalendarizado mensual y los procedimientos para su entrega.Artículo 235.- Artículo 235.- Para la ejecución <strong>de</strong> las obras o acciones que llevena cabo los municipios con los fondos a que se refiere el artículo 228 en susfracciones III y IV <strong>de</strong> este título, los ayuntamientos presentarán a la Secretaría,para su análisis, las fichas técnicas <strong>de</strong> las obras propuestas por lascomunida<strong>de</strong>s y aprobadas por los ayuntamientos, mismo que <strong>de</strong>berán efectuaren un plazo no mayor <strong>de</strong> treinta días contados a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> surecepción, a fin <strong>de</strong> garantizar y apoyar su realización y operación, conforme a losestablecido por los lineamientos y criterios básicos para la operación <strong>de</strong> losfondos <strong>de</strong> aportaciones fe<strong>de</strong>rales que al efectos expida el Gobernador porconducto <strong>de</strong> la Secretaría.Artículo 236.- Artículo 236.- Los ayuntamientos <strong>de</strong>berán hacer <strong><strong>de</strong>l</strong> conocimiento<strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>s beneficiadas las obras y acciones a realizar con los recursos<strong>de</strong> la Fe<strong>de</strong>ración a favor <strong><strong>de</strong>l</strong> municipio, el costo <strong>de</strong> cada una y su ubicación,metas y beneficiarios, así como cualquier otra información <strong>de</strong> las mismas, que lesea requerida por la comunidad respectiva.

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