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Derechos humanos y el campo mexicano - codhem

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DoctrinaLas pocas transacciones d<strong>el</strong> <strong>campo</strong> se deban al margen de la ley por medio de lasimulación con altos costos de negociación, generalmente en contra de los más humildes.Se trataba de un auténtico mercado negro de la tierra.La justicia administrativa en materia agraria, como hemos dicho, poco podía hacer por lacertidumbre campesina. Sólo podía vigilar la formalidad de las acciones de poderdiscrecional. Cuando <strong>el</strong> reparto de tierra se agotó se comenzaron a acumular expedientesdotatorios y de ampliación; eventualmente se otorgaban superficies remotas y estériles;<strong>el</strong> resto de los expedientes integrados quedaron pendientes de la resolución presidencialdefinitiva.Antes de la reforma se estimaba la existencia de 34,000 casos pendientes de resoluciónacumulados, quedando suspendida la definición de propietario para 17 millones dehectáreas (casi <strong>el</strong> diez por ciento d<strong>el</strong> territorio nacional) y en espera 600,00 campesinossolicitantes * . En 1992 al integrarse <strong>el</strong> Tribunal superior Agrario, 2,222 de los primeros3,755 expedientes de rezago que recibió, tenían una antigüedad en la solicitud inicial demás de diez años; 276 de <strong>el</strong>los habían sido iniciados hacía más de cinco décadas. **V. El acceso a la justicia en la reforma institucional de 1992La reforma constitucional de 1992 fue inspirada en las ideas económicas de libre mercadoy eficiencia económica; sin embargo, ha pretendido garantizar la equidad en las r<strong>el</strong>acionesjurídico económicas d<strong>el</strong> agro. Para <strong>el</strong>lo, la legislación ha consagrado instrumentoscompensadores de las profundas desigualdades que ya hemos descrito previamente enapartados anteriores.Al gran número de procedimientos agrarios previstos por la LFRA, se oponen unprocedimiento ordinario y la existencia de sólo tres procedimientos especiales (venta detierras excedentes, procedimientos de jurisdicción voluntaria y <strong>el</strong> arbitraje). A la Ley Federalde Reforma Agraria y sus 480 artículos la sustituye la Ley Agraria de 200 disposiciones,que establece principios generales a los que debe constreñirse la acción de los sujetos dederechos agrario.Muchas de las experiencias d<strong>el</strong> anterior proceso social agrario fueron asimiladas en lanueva legislación; sin embargo, como clara diferencia con <strong>el</strong> procedimiento agrario anteriora la reforma, debemos puntualizar que características como los principios inquisitivo eimperativo han sido desbancados por un marco normativo que le da a los campesinos ynúcleos de población mayor disposición sobre sus derechos y limita la intervención oficiosade las autoridades. Permanece la Procuraduría Agraria como apoyo de los campesinos,como representante social que asiste a los actos que implican transformaciones en <strong>el</strong>* VÉLEZ, Félix. Los desafíos... Op. Cit, p. 146. Aunque cabe señalar que nunca se aproximo con nitidez la magnitud d<strong>el</strong>rezago, los datos y estadísticas tenían significativas discrepancias. Por ejemplo, Ibarrola cita la cifra 270,000 expedientesen existencia en la SRA (Op. Cit. p. 323).** La nueva justicia agraria...Op. Cit, p. 173.150

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