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Derechos humanos y el campo mexicano - codhem

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RecomendacionesRecomendación No. 03/99 *El 17 de diciembre de 1998, la Comisión de <strong>Derechos</strong> Humanos d<strong>el</strong> Estado de Méxicorecibió un escrito de queja presentado por los Diputados Federales José Luis GutiérrezCureño y Germán Rufino Contreras V<strong>el</strong>ázquez, en <strong>el</strong> que refirieron hechos queconsideraron violatorios a sus <strong>Derechos</strong> Humanos y de otras personas, atribuibles a<strong>el</strong>ementos de la policía montada d<strong>el</strong> Municipio de Ecatepec de Mor<strong>el</strong>os, México.Durante la investigación que realizó esta Comisión, se realizaron diversas actuacionestales como: solicitudes de informe al Presidente Municipal Constitucional de Ecatepec deMor<strong>el</strong>os, México; al Secretario General de Gobierno d<strong>el</strong> Estado de México; al ProcuradorGeneral de Justicia d<strong>el</strong> Estado de México, en colaboración; certificaciones de lesiones alos quejosos por parte de personal de este Organismo; actas circunstanciadas decomparecencias de testigos y visitas de inspección al lugar de los hechos, así como a lasinstalaciones de la policía montada de Ecatepec de Mor<strong>el</strong>os, México; al advertirse que loshechos motivo de queja no podían ser resu<strong>el</strong>tos a través d<strong>el</strong> Procedimiento deConciliación, se abrió un periodo probatorio <strong>el</strong> cual fue notificado en términos de ley a laautoridad señalada como responsable y a los quejosos; se llevó a cabo <strong>el</strong> desahogo d<strong>el</strong>as pruebas ofrecidas por las partes previa su admisión, entre otras.D<strong>el</strong> estudio lógico jurídico de las constancias que se allegó este Organismo, se acreditóla violación a <strong>Derechos</strong> Humanos de los Diputados Federales José Luis Gutiérrez Cureño,Germán Rufino Contreras V<strong>el</strong>ázquez y otros, por parte de <strong>el</strong>ementos de la Policía MontadaMunicipal de Ecatepec de Mor<strong>el</strong>os, México.La conducta asumida por los <strong>el</strong>ementos de la Policía Montada Municipal de Ecatepec deMor<strong>el</strong>os, México, al haber impedido a los manifestantes <strong>el</strong> ejercicio de su derechoconstitucional para realizar un objeto lícito, que era, marchar por diversas avenidas d<strong>el</strong>municipio y llegar a la Casa de Mor<strong>el</strong>os para protestar públicamente ante <strong>el</strong> presidentemunicipal, por actos r<strong>el</strong>acionados con su administración, transgredió lo dispuesto en <strong>el</strong>artículo nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Los marchistas encabezados por los Diputados Germán Rufino Contreras V<strong>el</strong>ázquez, yJosé Luis Gutiérrez Cureño, fueron obligados por la fuerza a desistir de su propósito, todavez que los <strong>el</strong>ementos de la Policía Montada Municipal de Ecatepec de Mor<strong>el</strong>os, México,* La Recomendación 03/99, se dirigió al Presidente Municipal Constitucional de Ecatepec de Mor<strong>el</strong>os, México, <strong>el</strong> 27 de enerode 1999, por ejercicio indebido d<strong>el</strong> servicio público. Se ha determinado publicar una síntesis de la misma, con fundamentoen lo dispuesto por los artículos 56 de la Ley que Crea la Comisión de <strong>Derechos</strong> Humanos d<strong>el</strong> Estado de México, y por <strong>el</strong>artículo 10 de su Reglamento Interno. El texto íntegro de la Recomendación 03/98 se encuentra dentro d<strong>el</strong> expedienterespectivo y consta de 66 hojas.77

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