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Dossier núm. 21. Proyecto de Ley de creación de las Categorías de ...

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<strong>Dossier</strong> <strong>de</strong> Documentación núm. 21 Categorías <strong>de</strong>l Personal Estatutario Legislación Estadoe) A participar en la consecución <strong>de</strong> los objetivos atribuidos a la unidad don<strong>de</strong> preste sus servicios y aser informado por sus superiores <strong>de</strong> <strong>las</strong> tareas a <strong>de</strong>sarrollar.f) A la <strong>de</strong>fensa jurídica y protección <strong>de</strong> la Administración Pública en los procedimientos que se siganante cualquier or<strong>de</strong>n jurisdiccional como consecuencia <strong>de</strong>l ejercicio legítimo <strong>de</strong> sus funciones o cargospúblicos.g) A la formación continua y a la actualización permanente <strong>de</strong> sus conocimientos y capacida<strong>de</strong>sprofesionales, preferentemente en horario laboral.h) Al respeto <strong>de</strong> su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmentefrente al acoso sexual y por razón <strong>de</strong> sexo, moral y laboral.i) A la no discriminación por razón <strong>de</strong> nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientaciónsexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstanciapersonal o social.j) A la adopción <strong>de</strong> medidas que favorezcan la conciliación <strong>de</strong> la vida personal, familiar y laboral.k) A la libertad <strong>de</strong> expresión <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los límites <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>namiento jurídico.l) A recibir protección eficaz en materia <strong>de</strong> seguridad y salud en el trabajo.m) A <strong>las</strong> vacaciones, <strong>de</strong>scansos, permisos y licencias.n) A la jubilación según los términos y condiciones establecidas en <strong>las</strong> normas aplicables.o) A <strong>las</strong> prestaciones <strong>de</strong> la Seguridad Social correspondientes al régimen que les sea <strong>de</strong> aplicación.p) A la libre asociación profesional.q) A los <strong>de</strong>más <strong>de</strong>rechos reconocidos por el or<strong>de</strong>namiento jurídico.Artículo 15. Derechos individuales ejercidos colectivamenteLos empleados públicos tienen los siguientes <strong>de</strong>rechos individuales que se ejercen <strong>de</strong> forma colectiva:a) A la libertad sindical.b) A la negociación colectiva y a la participación en la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> <strong>las</strong> condiciones <strong>de</strong> trabajo.c) Al ejercicio <strong>de</strong> la huelga, con la garantía <strong>de</strong>l mantenimiento <strong>de</strong> los servicios esenciales <strong>de</strong> lacomunidad.d) Al planteamiento <strong>de</strong> conflictos colectivos <strong>de</strong> trabajo, <strong>de</strong> acuerdo con la legislación aplicable en cadacaso.e) Al <strong>de</strong> reunión, en los términos establecidos en el artículo 46 <strong>de</strong> este Estatuto.CAPÍTULO II. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sempeñoArtículo 16. Concepto, principios y modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la carrera profesional <strong>de</strong> los funcionarios <strong>de</strong>carrera1. Los funcionarios <strong>de</strong> carrera tendrán <strong>de</strong>recho a la promoción profesional.2. La carrera profesional es el conjunto or<strong>de</strong>nado <strong>de</strong> oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> ascenso y expectativas <strong>de</strong>progreso profesional conforme a los principios <strong>de</strong> igualdad, mérito y capacidad.A tal objeto <strong>las</strong> Administraciones Públicas promoverán la actualización y perfeccionamiento <strong>de</strong> lacualificación profesional <strong>de</strong> sus funcionarios <strong>de</strong> carrera.3. Las <strong>Ley</strong>es <strong>de</strong> Función Pública que se dicten en <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> este Estatuto regularán la carreraprofesional aplicable en cada ámbito que podrán consistir, entre otras, en la aplicación aislada osimultánea <strong>de</strong> alguna o algunas <strong>de</strong> <strong>las</strong> siguientes modalida<strong>de</strong>s:a) Carrera horizontal, que consiste en la progresión <strong>de</strong> grado, categoría, escalón u otros conceptos255

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