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Ayotzinapa

Informe

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Análisis de la investigación del caso <strong>Ayotzinapa</strong><br />

incluyen las tres víctimas mortales, David Josué García Evangelista, Víctor Manuel Lugo<br />

Ortiz y Blanca Montiel Sánchez. Pero no se mencionan los sucesos del Palacio de Justicia,<br />

es decir, la detención y desaparición de los estudiantes que viajaban en el Estrella de Oro<br />

1531, y persecución de los estudiantes que se encontraban en el Estrella Roja. Tampoco<br />

se hace diferencia entre los dos ataques de la calle Juan N. Álvarez ni se menciona la<br />

detención y desaparición de los estudiantes que viajaban en el autobús Estrella de Oro<br />

1568. En este caso se agrega como presuntos responsables a Felipe Flores y Alejandro<br />

Tenescalco Mejía.<br />

En la primera parte de la consignación se dice que los estudiantes “venían a bordo de cinco<br />

camiones que circulaban sobre la calle Juan N. Álvarez”, lo cual es parcialmente correcto,<br />

porque si bien los estudiantes tomaron tres autobuses de la estación y ya llevaban dos, con<br />

los que llegaron a la ciudad, haciendo un total de cinco, solamente tres autobuses tomaron<br />

ese rumbo. Luego se menciona que eran “tres autobuses”, lo cual es correcto, pero líneas<br />

después se afirma que “se apoderaron de dos autobuses”, información incorrecta, porque<br />

de ser así en total serían cuatro.<br />

El 9 de octubre la FGE hace una nueva consignación en la que se incluyen como posibles<br />

responsables a Leodáan Fuentes Pineda, Fabiola Amateco Soberanis y Francisco Salgado<br />

Valladares. Los dos primeros por haber dado positivo en la balística y el tercero por las<br />

declaraciones testimoniales de Honorio Antúnez Osorio y Marco Antonio Ríos Berber. Se<br />

menciona que Francisco Salgado Valladares es miembro de Guerreros Unidos y dirige el<br />

grupo de policías municipales llamado “Los Bélicos”.<br />

Por primera vez se hace una descripción de la detención de los estudiantes del autobús<br />

Estrella de Oro 1568: “(...) ya venían persiguiendo a balazos los autobuses de los<br />

normalistas quienes fueron alcanzados y bajados de los camiones varios de ellos<br />

heridos, fueron trasladados a bordo de las patrullas oficiales hasta las instalaciones de<br />

barandillas donde se ignora hasta el momento su paradero”.<br />

A pesar de esta nueva descripción de hechos, la calificación jurídica de las conductas<br />

típicas siguió siendo homicidio doloso; no se incluyó la desaparición forzada ni las<br />

tentativas de homicidio de las otras víctimas, ni la tortura de Julio César Mondragón<br />

Fontes.<br />

Es sólo hasta la consignación del 17 de octubre 2014 cuando se ejercita la acción<br />

penal en contra de José Luis Abarca, expresidente municipal de Iguala, quien ya se<br />

encontraba prófugo. Se menciona a los 43 normalistas desaparecidos, pero no se incluye<br />

la desaparición forzada como delito y se agrega el homicidio en tentativa por los otros<br />

estudiantes e integrantes del equipo de Los Avispones, que habían sufrido lesiones o<br />

cuyas vidas se habían puesto en peligro. No se mencionan los sucesos del Palacio de<br />

Justicia, la detención y desaparición de los estudiantes que viajaban en el Estrella de Oro<br />

1531, ni la persecución, ni las tentativas de homicidio de los estudiantes que se conducían<br />

en el quinto autobús, el Estrella Roja.<br />

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