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Ayotzinapa

Informe

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Informe <strong>Ayotzinapa</strong>. Investigación y primeras conclusiones<br />

7. Información permanente a los familiares. Las autoridades responsables deberían<br />

informar a los familiares sobre los resultados de cada una de las acciones de búsqueda.<br />

8. Evaluación de las acciones realizadas. Una vez finalizada cada una de las actividades,<br />

las autoridades responsables junto con el equipo participante debería realizar una<br />

evaluación tanto de la planeación como de la ejecución con el propósito de tomar<br />

los correctivos necesarios. Las lecciones aprendidas eran vitales ser tenidas en cuenta<br />

como correctivos tanto para las acciones futuras en el presente caso como para otros<br />

de desaparición forzada.<br />

9. Envío de la información y valoración a la PGJE. Tanto los resultados de la acción como<br />

su evaluación deberían ser remitidas a los funcionarios responsables de la PGJE y a<br />

otras autoridades para lo de su competencia.<br />

De lo que se conoce con base en los expedientes de la PGJE, PGR y de la información<br />

suministrada por la Policía Federal, se realizaron patrullajes y entrevistas en algunos<br />

lugares de Iguala, se hicieron inspecciones a algunas sedes policiales y militares (pero<br />

se tuvo acceso demasiado limitado a las instalaciones o al personal del 27 Batallón<br />

de Infantería), se libraron oficios a entidades federativas, se expidió un comunicado<br />

de prensa, se emitieron algunos carteles para la búsqueda, se solicitó información a la<br />

Secretaría de Educación Pública, se visitaron algunos familiares, y se ordenó el registro y<br />

control de vehículos en las salidas de Iguala y en el tramo Iguala - Mezcala.<br />

Alguna información que era vital para búsqueda inmediata se obtuvo meses después.<br />

Un ejemplo es que agentes de la Policía Federal de México, en presencia de miembros<br />

del GIEI, realizaron el 4 de junio de 2015 en Chilpancingo, entrevistas a familiares<br />

de los normalistas desaparecidos de <strong>Ayotzinapa</strong>, con el objeto de recabar información<br />

para el procedimiento de búsqueda. Es decir, más de ocho meses después de ocurridos<br />

los hechos. Según la propia Policía Federal esta fue la primera vez que se tomó esta<br />

información, ya que entre el 29 y 30 de septiembre la Dirección de Atención a Víctimas<br />

sólo logró contactar a 20 familiares y según los reportes, la información es demasiada<br />

escueta (nombre, dirección, teléfono y una columna de observaciones con el resultado de<br />

la gestión) 424 y no es suficiente para ningún procedimiento de búsqueda. Por otra parte,<br />

algunas evidencias no fueron procesadas, como la ropa encontrada diez meses después<br />

que había sido recogida de los autobuses Estrella de Oro donde fueron detenidos -<br />

desaparecidos los 43 normalistas.<br />

Como se puede observar, no se recabó toda la información de las fuentes sugeridas en<br />

el punto 1 y tampoco la búsqueda tuvo un procedimiento lógico y coherente como se<br />

recomienda en los puntos 2 a 9. De la revisión de la documentación, se deduce que<br />

la información recibida no fue clasificada, procesada y analizada con el propósito de<br />

424 Ibíd., 1.5. Día 30 de septiembre, literal A), págs. 18. Anexo 17, folios 466 a 470.<br />

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