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Ayotzinapa

Informe

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Informe <strong>Ayotzinapa</strong>. Investigación y primeras conclusiones<br />

Esta visión parcial de los hechos impidió su adecuada y oportuna investigación. Por<br />

ejemplo, no se recabó el video de la cámara de seguridad del Palacio de Justicia, que<br />

luego, según se indicó al GIEI, fue destruido, ni la información de telefonía de los<br />

estudiantes, ni de varios de los perpetradores.<br />

Peticiones del GIEI<br />

Las peticiones del GIEI se dirigieron a indagar con mayor precisión la forma en que<br />

se desarrollaron los hechos, los posibles responsables, la actuación de las fuerzas de<br />

seguridad, el contexto en el que ocurrieron los hechos y el posible móvil.<br />

Respecto a la forma en que se desarrollaron los hechos<br />

La primera solicitud del GIEI fue que se recabara la telefonía y la ubicación georreferencial<br />

de todos los estudiantes y perpetradores (oficio GIEI/PGR/001, del 9 de marzo de 2015),<br />

así como que se ubicaran las antenas telefónicas en Iguala y Cocula (oficio GIEI/PGR/001,<br />

del 9 de marzo de 2015, una semana después de la llegada al país). En esta época, la PGR<br />

contaba con información parcial de telefonía de víctimas y posibles perpetradores.<br />

Sobre los videos, el GIEI solicitó que se recabaran de una forma exhaustiva, ya que<br />

solamente se contaba con algún video del C-4 y de una cámara de Caminos y puentes<br />

federales, (GIEI/PGR/004, 15 de marzo de 2014); por esto se solicitó todo el material<br />

fílmico de las cámaras de las diversas casetas de todas las vías que acceden a Iguala<br />

y corresponden con la época de los hechos; material de video de todas las cámaras de<br />

vigilancia internas y externas en todos los lugares donde sucedieron los hechos de interés<br />

(Periférico norte y Sur, zona industrial cercana a la empresa Coca-Cola, donde se encontró<br />

el cuerpo de Julio César Mondragón, zona denominada Colonia Pajaritos, de la Colonia<br />

24 de febrero, del Palacio de Justicia, del Zócalo de Iguala, de la calle Juan N. Álvarez, de<br />

la calle Galeana y sectores aledaños a la Comandancia de la Policía de Iguala, así como<br />

las que existen en la terminal de autobuses (por sus dos accesos) y de la Empresa Estrella<br />

de Oro (oficio GIEI/PGR/017, 20 de abril de 2014).<br />

El GIEI también solicitó el material sin editar de los diversos medios de comunicación<br />

presentes en la escena de Juan N. Álvarez (oficio GIEI/PGR/017, del 20 de abril de 2014).<br />

Respecto a los posibles responsables<br />

Realizando un análisis de los hasta ese momento presuntos responsables, el GIEI requirió<br />

los documentos o pruebas que permitieran demostrar la existencia de las organizaciones<br />

criminales denominadas “Los Rojos” y “Los Guerreros Unidos” (GIEI/PGR/017, 20 de<br />

abril de 2015), porque en el expediente solamente se contaba con cuadros realizados<br />

a partir de la información brindada por los capturados, pero no había antecedentes<br />

ni de inteligencia, ni de otra índole que permitieran establecer la preexistencia de las<br />

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