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Ayotzinapa

Informe

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Análisis de la investigación del caso <strong>Ayotzinapa</strong><br />

de 14 causas penales en ocho juzgados de distintas ciudades del país (Matamoros, Iguala,<br />

Cuernavaca, Toluca, Querétaro y Jalisco). Los presuntos responsables en tanto que los<br />

presuntos responsables se encontraban en prisiones de otras ciudades (Tepic, Jalisco,<br />

Altiplano).<br />

Juzgado<br />

1. Juzgado Primero de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Matamoros Tamaulipas<br />

2. Juzgado Tercero de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Matamoros Tamaulipas<br />

3. Juzgado Noveno de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Iguala, Guerrero<br />

4. Juzgado Octavo de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Cuernavaca, Morelos<br />

5. Juzgado Segundo de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Toluca, México<br />

6. Juzgado Tercero de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Toluca, México<br />

7. Juzgado Noveno de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en Jalisco<br />

8. Juzgado Segundo de DTTO de Procesos Penales<br />

Federales en el Estado de Querétaro<br />

Causas<br />

123/2014-II y 100/2014-VII<br />

001/2015-II y 022/2014-V<br />

50/2014, 040/2014, 044/2014,<br />

046/2014 y 003/2015<br />

004/2014<br />

084/2014-IV<br />

105/2014-II<br />

227/2014<br />

324/2014<br />

La fragmentación afecta seriamente la investigación porque cada juez conoce un trozo<br />

del caso y las evidencias a su vez se encuentran dispersas en todos estos juzgados. Por<br />

esta razón, el GIEI sugirió que se unificaran las causas para que no se perdiera la visión<br />

integral de los hechos; para que no se dificultara el encuentro entre los consignados,<br />

sus familiares y sus representantes legales y sobre todo para garantizar el acceso de las<br />

víctimas a la justicia, evitar situaciones de inseguridad y garantizar que haya un adecuado<br />

acercamiento al proceso.<br />

La acumulación también es necesaria para evitar el riesgo de la pérdida de evidencia<br />

para hechos conexos. Se requiere una acumulación procesal para investigar y juzgar de<br />

manera integral los hechos de <strong>Ayotzinapa</strong>. La acumulación de las cuatro causas procesales<br />

principales fue solicitada, actualmente se ha concedido la concentración de las mismas y<br />

se está a la espera de la acumulación.<br />

El GIEI también solicitó que la PGR realizar las gestiones necesarias para que los hechos<br />

de la noche del 26 y 27 de septiembre fueran calificados como desaparición forzada<br />

y no como secuestro. Entendemos que independientemente de la pena, la figura de<br />

desaparición forzada es la figura típica que engloba en su totalidad el desvalor de las<br />

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