23.12.2015 Views

REGLAMENTO COMPETICIÓN 2016 - 2017

IAAF_manual2016-2017

IAAF_manual2016-2017

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>REGLAMENTO</strong> DE <strong>COMPETICIÓN</strong> <strong>2016</strong>-<strong>2017</strong><br />

Nota: Este Artículo no tiene por objeto autorizar la participación<br />

de guías para los atletas con discapacidad visual, salvo que esté<br />

permitido en la Normativa particular de la Competición.<br />

ARTÍCULO 126<br />

Jueces<br />

Generalidades<br />

1. El Juez Jefe de Carreras y el Juez Jefe de cada concurso<br />

coordinarán el trabajo de los Jueces en sus respectivas pruebas.<br />

Distribuirán las misiones en el caso que no se hubiera hecho<br />

previamente por el organismo correspondiente.<br />

Carreras y Pruebas en Carretera<br />

2. Los Jueces, que tienen que actuar todos desde el mismo lado de la<br />

pista o del recorrido, decidirán el orden en que los atletas han<br />

finalizado y, en el caso de que no puedan llegar a una decisión,<br />

presentarán la cuestión al Juez Árbitro, que deberá decidir.<br />

Nota: Los Jueces deberían situarse, por lo menos, a cinco metros<br />

de la meta y en línea con ésta, y deberían disponer de una<br />

plataforma elevada.<br />

Concursos<br />

3. Los Jueces juzgarán y registrarán cada intento y medirán cada<br />

intento válido de los atletas en todos los Concursos. En los saltos<br />

de Altura y con Pértiga habrán de tomarse medidas exactas cuando<br />

se eleve el listón, sobre todo si la altura que se intenta saltar supone<br />

un Récord. Al menos, dos jueces deben llevar un registro de todos<br />

los intentos comprobando sus anotaciones al final de cada ronda<br />

de intentos.<br />

El respectivo Juez debe indicar la validez o invalidez de un intento,<br />

alzando una bandera, blanca o roja, según sea el caso.<br />

ARTICULO 127<br />

Jueces Auxiliares (carreras y Pruebas de Marcha)<br />

1. Los Jueces Auxiliares son ayudantes del Juez Árbitro, sin facultades<br />

para tomar decisiones finales.<br />

2. El Juez Auxiliar será situado por el Juez Árbitro en un lugar que le<br />

permita observar de cerca la competición y, en caso de falta o<br />

infracción del Reglamento (exceptuando las del Artículo 230.2) por<br />

un atleta u otra persona, informar inmediatamente del incidente, por<br />

escrito, al Juez Árbitro.<br />

ARTÍCULOS 125, 126<br />

148

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!