23.12.2015 Views

REGLAMENTO COMPETICIÓN 2016 - 2017

IAAF_manual2016-2017

IAAF_manual2016-2017

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>REGLAMENTO</strong> DE <strong>COMPETICIÓN</strong> <strong>2016</strong>-<strong>2017</strong><br />

(ii) en casos excepcionales, el Consejo puede reducir o eliminar<br />

este periodo. La Federación Miembro implicada deberá<br />

enviar por escrito a la Oficina de la IAAF, al menos 30 días<br />

antes de la celebración de la Competición Internacional en<br />

cuestión, la solicitud de reducción o eliminación.<br />

La aplicación del Artículo 5.4(e) se limita a atletas que posean<br />

la doble nacionalidad por nacimiento. Un atleta que tenga la<br />

Nacionalidad de dos o más Países (o Territorios) por hecho de<br />

que haya obtenido una nueva Nacionalidad (por ejemplo, por<br />

matrimonio) sin renunciar a su Nacionalidad de nacimiento, se<br />

acogerá al Artículo 5.4(d).<br />

5. Conforme al Artículo 21.2, siempre que un atleta compita bajo este<br />

Reglamento, la Federación Miembro a la que esté afiliado será<br />

quien garantice en todo momento su elegibilidad. La carga de la<br />

prueba que establece si un atleta es elegible según este Artículo 5,<br />

recae en la Federación Miembro y el atleta implicado. La<br />

Federación Miembro debe facilitar a la IAAF la documentación<br />

válida/auténtica que demuestre la elegibilidad, así como cualquier<br />

otra prueba necesaria para probar la elegibilidad del atleta de<br />

manera firme. Si la IAAF lo solicita, las Federaciones Miembro<br />

facilitarán copias certificadas de toda la documentación con la que<br />

se busca demostrar la elegibilidad del atleta según este Artículo.<br />

ARTÍCULO 6<br />

Pagos a los Atletas<br />

El Atletismo es un deporte abierto y, de acuerdo con el Reglamento y<br />

las Normas, los atletas han de cobrar en metálico o de la manera<br />

acordada por su presencia, participación o actuación en cualquier<br />

competición atlética o por su compromiso con cualquier otra actividad<br />

comercial relacionada con su participación en el Atletismo.<br />

ARTÍCULO 7<br />

Representantes de Atletas<br />

1. Los Atletas pueden utilizar los servicios de un Representante de<br />

Atletas para que les ayude en la negociación de su programa de<br />

atletismo, así como en otros temas que ellos acuerden. O bien, los<br />

atletas pueden gestionar sus propios programas.<br />

2. Los Atletas incluidos en la lista de la IAAF de los 30 Mejores en<br />

una prueba al finalizar la temporada, no podrán durante la siguiente<br />

temporada, firmar o ampliar un acuerdo para utilizar a cualquier<br />

ARTÍCULOS 5, 6, 7<br />

26

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!