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Libro_Tributacion-para-el-desarrollo

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wwww.cepchile.cl CEP-CIEPLAN, 2013<br />

Mich<strong>el</strong> Jorratt<br />

caso, a estos contribuyentes se les grava con un impuesto único que puede corresponder<br />

a un monto fijo o a un porcentaje de las ventas.<br />

Finalmente, hay cuatro regímenes simplificados <strong>para</strong> las empresas pequeñas<br />

y medianas, sin distinción de la actividad económica que desarrollen. El primero,<br />

se conoce como la contabilidad simplificada, y permite que aqu<strong>el</strong>los contribuyentes<br />

con escaso movimiento o con poca instrucción, previa autorización de la<br />

administración tributaria, lleven una contabilidad basada en planillas de ingresos<br />

y gastos. El segundo, conocido como 14 bis, en referencia al artículo que lo<br />

establece, permite que las empresas cuyas ventas anuales sean inferiores a 5 mil<br />

UTM (unos $200 millones) paguen los impuestos solo por las cantidades que<br />

distribuyan a sus propietarios, a cualquier título. El tercero, <strong>el</strong> régimen d<strong>el</strong> artículo<br />

14 ter, permite que las empresas unipersonales, con ventas anuales inferiores<br />

a 5 mil UTM, y que además sean contribuyentes de iVa, paguen los impuestos<br />

sobre <strong>el</strong> flujo de caja operativo anual. Por último, <strong>el</strong> régimen d<strong>el</strong> artículo 14 quáter,<br />

recientemente creado, concede a las empresas con ventas anuales inferiores<br />

a 28 mil UTM (unos $1.100 millones) una exención de primera categoría por las<br />

utilidades retenidas que no excedan de 1.440 UTM (unos $58 millones).<br />

la implantación de regímenes simplificados <strong>para</strong> pequeños contribuyentes<br />

se justifica por dos razones: la primera, que <strong>para</strong> estas unidades productivas<br />

<strong>el</strong> costo de cumplimiento asociado a la contabilidad completa resulta excesivamente<br />

alto en proporción a los impuestos que les corresponde pagar, lo que<br />

introduce regresividad al impuesto. la segunda razón, que más d<strong>el</strong> 80% de las<br />

unidades productivas son microempresas, pero la recaudación que generan es<br />

inferior al 1% d<strong>el</strong> total. Por lo tanto, su incorporación a un régimen simplificado,<br />

fácil de fiscalizar, permite a la administración tributaria liberar recursos<br />

que pueden ser reorientados a fiscalizar otros impuestos de mayor importancia,<br />

como <strong>el</strong> iVa, o bien a fiscalizar <strong>el</strong> impuesto a la Renta de los contribuyentes de<br />

mayor importancia.<br />

ahora bien, una correcta aplicación de regímenes <strong>para</strong> pequeños contribuyentes,<br />

que cumpla con las características deseables de todo sistema tributario,<br />

requiere idealmente de la existencia de un único régimen simplificado, accesible<br />

a todas las actividades económicas, fácil de declarar y de administrar, y en <strong>el</strong><br />

que <strong>el</strong> impuesto guarde r<strong>el</strong>ación con la capacidad de pago de los contribuyentes.<br />

Esa era la idea original d<strong>el</strong> régimen d<strong>el</strong> artículo 14 ter, esto es, un régimen <strong>para</strong><br />

todas las empresas de menor tamaño y que remplazaría a todos los demás regímenes<br />

simplificados. Sin embargo, finalmente se transformó en una opción más<br />

y restringido a empresas unipersonales y contribuyentes de iVa.<br />

En la Tabla nº6 se muestran las ventajas y desventajas de los distintos regímenes<br />

actualmente vigentes. Una desventaja común a cualquier sistema <strong>para</strong><br />

pequeños contribuyentes es lo que se denomina <strong>el</strong> “enanismo fiscal”, que consiste<br />

en la práctica de dividir las empresas en varias de menor tamaño, con <strong>el</strong><br />

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