92 CONCURSO. Cuenta tu Tesis en Derechos Humanos se estén cometiendo centenares, miles de violaciones a los derechos humanos? ¿Ustedes tienen alguna policía, algún cuerpo de seguridad, alguna CIA, alguna FBI, tienen algunas Fuerzas Armadas a las cuales nunca se les haya podido probar que se excedieron en la manera de reprimir una manifestación, que trataron de arrancar mediante la tortura confesiones de sus detenidos o sospechosos, o que verdaderamente ejercieron malos tratos y hasta violencia brutal solo los sometidos a su imperio? ¡Oigan no sean hipócritas, ustedes tienen un historial con las manos manchadas de sangre, donde quieran que sus ejércitos y sus cuerpos de policías han llegado han dejado siempre una estela de represión, de terror y de sangre! (Said, 2001). Con estas aseveraciones se buscaba persuadir a los/as ciudadanos/as y tratar de normalizar la situación expresando que esto pasa en cualquier lugar del mundo, en cualquier régimen en que se viva. Afortunadamente esta postura no fue mayoritaria y por tanto la que primó dentro de la Iglesia Católica fue la defensa de los derechos humanos. Claro está que sin la mediación de la Iglesia la represión hubiese sido mucho peor. Como lo señala Mons. Camus, quien denomina como providencial el trabajo de Mons. Ariztía y del cardenal Silva Henríquez, ya que si ellos no hubiesen sido cercanos a los pobres, no hubiesen informado rápidamente o no hubiesen tenido el coraje de arriesgar todo su prestigio, “habríamos llegado muy tarde y quizás cuántos miles de víctimas más habríamos tenido que lamentar (…) Los Obispos de provincia vivíamos dispersos y desinformados” (Said, 2001). Con lo cual quizás se podría justificar el poco apoyo que recibieron los/as presos/as políticos/as y los/as familiares de las personas detenidas desaparecidas de Mulchén, Santa Bárbara, Quilaco y Quilleco, por parte de la Iglesia y el arzobispo de Los Ángeles. A modo de reflexión se pueden extraer las palabras de la Declaración del Episcopado sobre la reconciliación en Chile, emitida el 24 de abril de 1974. El punto cuatro señala lo siguiente: La condición básica para una convivencia pacífica es la plena vigencia del estado de derecho, en el que la Constitución y la Ley sean una garantía para todos los soberanos. Pero, como Pastores, vemos obstáculos objetivos para la reconciliación entre chilenos. Tales situaciones solo se podrán superar por el respeto irrestricto de los derechos humanos formulados por las Naciones Unidas y por el Concilio Vaticano II, y que la Declaración de Principios ha calificado justamente como “naturales y anteriores y superiores al Estado”. El respeto por la dignidad del hombre no es real sin el respeto de estos derechos. Nos preocupa en las declaraciones, en los falsos rumores y en la falta de participación y de información. Nos preocupa, finalmente, en algunos casos la falta de resguardos jurídicos eficaces para la seguridad personal, que se traducen en detenciones arbitrarias o excesivamente prolongadas en que ni los afectados ni sus familiares saben los cargos concretos que las motivan; en interrogatorios con apremios físicos o morales; en limitación de las posibilidades de defensa jurídica; en sentencias distintas para las mismas causas en distintos lugares; en restricciones para el uso normal del derecho de apelación (Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, 1996, p. 433).
CONCLUSIONES CONCLUSIONES 93