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indice - Secretaría de Desarrollo Urbano

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Áreas Urbanizables<br />

PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE VILLA DEL CARBÓN,<br />

ESTADO DE MÉXICO.<br />

Son las que <strong>de</strong>finen los planes en atención a políticas y estrategias <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo<br />

urbano, así como por reunir condiciones para ser dotadas <strong>de</strong> servicios, las que se reservan<br />

para el futuro crecimiento <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> población o las que se prevea para la fundación<br />

<strong>de</strong> otros nuevos.<br />

De acuerdo al crecimiento ten<strong>de</strong>ncial <strong>de</strong> la población, se requerirán para el corto plazo<br />

<strong>de</strong> 10 hectáreas para vivienda, pero este requerimiento pue<strong>de</strong> ser satisfecho a través <strong>de</strong> la<br />

reserva territorial que aún existe <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l área urbana; por los que es necesario que se<br />

promueva la saturación <strong>de</strong> baldíos urbanos, principalmente en la Zona 1 “Cabecera<br />

Municipal” que es en don<strong>de</strong> el crecimiento urbano se concentra; pero siempre y cuando,<br />

exista la factibilidad <strong>de</strong> que dichas zonas, cuenten con los servicios e infraestructura con<br />

mayor eficiencia y a menores costos, para alojar el crecimiento previsto; y por tanto el<br />

carácter que se le da a las zonas urbanizables no implique necesariamente su inmediata<br />

ocupación.<br />

Siendo la Zona 1 “Cabecera Municipal” la que concentra el mayor número <strong>de</strong> población<br />

y en don<strong>de</strong> el crecimiento urbano se ha dado <strong>de</strong> manera constante, es en ella en don<strong>de</strong><br />

única y exclusivamente se consi<strong>de</strong>raron áreas urbanizables, las cuales permitirán que en el<br />

largo plazo, se atiendan y/o contengan el crecimiento urbano a futuro.<br />

Por tanto, se aplicará una política <strong>de</strong> consolidación <strong>de</strong> áreas urbanas en la que se<br />

promoverá el pleno aprovechamiento al interior <strong>de</strong> la zona, sin que ello implique nuevas<br />

expansiones.<br />

En tal virtud, las áreas consi<strong>de</strong>radas como urbanizables son las que en atención al<br />

continuo urbano que se ha venido <strong>de</strong>sarrollando en el municipio, principalmente en la<br />

cabecera, se están previendo áreas, ahora agrícolas, con aptitud a ser urbanizadas a través<br />

<strong>de</strong> la a<strong>de</strong>cuada introducción <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> infraestructura vial, agua potable, drenaje,<br />

electricidad y alumbrado publico.<br />

Dichas áreas urbanizables se localizan al sur y sureste <strong>de</strong> la cabecera municipal, con<br />

precisión en la parte superior <strong>de</strong>l libramiento sur <strong>de</strong> la cabecera y prolongándose esta área<br />

hasta la parte este <strong>de</strong>l centro urbano y algunas otras zonas que se establecen alre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong>l<br />

mismo centro urbano <strong>de</strong> la cabecera municipal, dicha área abarca un total <strong>de</strong> 229.55<br />

hectáreas, las cuales podrán ser utilizadas hasta el largo plazo.<br />

En este sentido, existen 229.55 hectáreas <strong>de</strong> área urbanizable para prevenir el<br />

crecimiento paulatino <strong>de</strong>l área urbana y también porque <strong>de</strong>be existir una superficie a<br />

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