El Parlamento Andino y los trabajadores migrantes andinos
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Reposicionamiento del tema migratorio laboral en el Estado colombiano<br />
lidad, a partir de la Memoria del Director en 1999,<br />
al interior de la Organización Internacional del Trabajo,<br />
única de conformación tripartita (gobiernos,<br />
empleadores y <strong>trabajadores</strong>) en el campo de las<br />
Naciones Unidas, como una manera de identificar<br />
las prioridades de la Organización. Según el mismo<br />
consenso, las prioridades para el logro del trabajo<br />
decente son: derechos humanos, empleo e ingresos,<br />
fortalecimiento de la protección y seguridad<br />
social y fortalecimiento del diálogo social.<br />
Aparte de la pertenencia de Colombia a la OIT, en<br />
cuyo seno ha compartido el propósito del trabajo<br />
decente, la adopción de este como arranque para<br />
la elaboración de la política en cuestión es coherente<br />
con la Constitución nacional, que establece<br />
que “toda persona tiene derecho a un trabajo en<br />
condiciones dignas y justas”, y con el compromiso<br />
de Colombia respecto a él, y a su aplicación a <strong>los</strong><br />
<strong>trabajadores</strong> <strong>migrantes</strong>, en muchas instancias internacionales.<br />
• Marco multilateral de la OIT para las migraciones<br />
laborales<br />
En reunión tripartita convocada por la OIT se debatió<br />
y adoptó el Marco multilateral para las migraciones<br />
laborales, publicado en 2006, que contiene<br />
principios y directrices no vinculantes para un enfoque<br />
de las migraciones laborales basado en <strong>los</strong><br />
http://www.unfpa.org/swp/2006/spanish/chapter_1/print/chapter_1.html<br />
derechos, recogiendo, entre muchos, <strong>los</strong> planteamientos<br />
básicos de <strong>los</strong> Convenios 97 y 143 sobre<br />
<strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> <strong>migrantes</strong> y sus correspondientes<br />
Recomendaciones, también contemplados en la<br />
Convención de Naciones Unidas sobre la protección<br />
de <strong>los</strong> derechos de todos <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> migratorios<br />
y de sus familiares, ratificada por Colombia en<br />
1995. En el contexto general del compromiso con la<br />
promoción del trabajo decente para todos, el Marco<br />
multilateral aboga por políticas eficaces de migraciones<br />
laborales, en particular en relación con <strong>los</strong><br />
derechos, el empleo y la protección de <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong><br />
<strong>migrantes</strong>.<br />
• Planes Sudamericano y <strong>Andino</strong> de Desarrollo<br />
Humano de las Migraciones<br />
<strong>El</strong> Plan Sudamericano de Desarrollo Humano de<br />
las Migraciones, aprobado en la Décima Conferencia<br />
Sudamericana de Migraciones (2010) y el<br />
Plan <strong>Andino</strong> de Desarrollo Humano para las Migraciones<br />
(en proceso de aprobación), con estructura<br />
y contenido semejante, en la medida en que el<br />
primero se ha definido tomando el segundo como<br />
modelo, se basan en: consensos de las diferentes<br />
Conferencias Sudamericanas de Migraciones; el II<br />
Foro Global de Migración y Desarrollo (2008); la<br />
Propuesta de la Secretaría General de la CAN sobre<br />
lineamientos de la Política Externa Común Andina<br />
de Migraciones (2006); el Primer Foro <strong>Andino</strong><br />
de Migraciones (2008); y políticas y programas<br />
para <strong>migrantes</strong> comunitarios y extracomunitarios<br />
de la Comunidad Andina, destacándose a este último<br />
respecto <strong>los</strong> Instrumentos de Migración Laboral<br />
(Decisión 545) y de Seguridad Social (Decisión<br />
583).<br />
• Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones<br />
Suramericanas<br />
Mediante Ley 1440 de 2011 se aprobó el Tratado<br />
Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas<br />
(UNasUR) que, en el marco de su objetivo<br />
general de integración y unión de <strong>los</strong> países que<br />
la conforman 4 , tiene como propósito específico,<br />
entre otros, la “cooperación en materia de migración,<br />
con un enfoque integral, bajo el respeto irres-<br />
4<br />
Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guyana, la República del Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela.<br />
Diálogos Migrantes 131