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El Parlamento Andino y los trabajadores migrantes andinos

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Reposicionamiento del tema migratorio laboral en el Estado colombiano<br />

pecta al empleo, la protección de la maternidad,<br />

<strong>los</strong> salarios, la seguridad y salud en el trabajo<br />

y otras condiciones de trabajo, de conformidad<br />

con <strong>los</strong> instrumentos pertinentes de la OIT.<br />

• Promover y aplicar medidas contra la discriminación<br />

a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> <strong>migrantes</strong> en Colombia.<br />

• Establecer mecanismos de orientación y recepción<br />

y trámite de quejas por vulneración de derechos<br />

a <strong>trabajadores</strong> colombianos en el exterior,<br />

y gestionar ante las autoridades extranjeras<br />

en casos de recurrencia o especial gravedad de<br />

ella. Acciones correspondientes se adoptarían<br />

respecto a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> in<strong>migrantes</strong> en Colombia.<br />

• Regulación y control de las actividades de intermediación<br />

para la migración laboral, incluyendo<br />

revisión de contratos y algún tipo de verificación<br />

sobre su cumplimiento.<br />

• Asistencia, en fronteras o puertos de llegada, a<br />

<strong>trabajadores</strong> <strong>migrantes</strong> extranjeros y a colombianos<br />

retornados en calidad de deportados o<br />

en condiciones de precariedad.<br />

• Determinación de parámetros taxativos de tratamiento,<br />

acorde a sus derechos, a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong><br />

in<strong>migrantes</strong> en o en tránsito por Colombia<br />

en condiciones de irregularidad.<br />

• Considerar el establecimiento de un fondo de<br />

bienestar para prestar asistencia a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong><br />

<strong>migrantes</strong> y sus familias, por ejemplo, en<br />

caso de enfermedad, accidente, repatriación,<br />

abusos o muerte.<br />

Gestión del recurso humano migrante o con propensión<br />

a serlo<br />

La gestión migratoria laboral ha de hacerse como<br />

parte de la gestión del recurso humano, incluyendo<br />

en este a la población laboral colombiana en su<br />

condición de potencial migrante, emigrada o retornada,<br />

así como a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> extranjeros en<br />

Colombia. En este sentido, debe actuarse sobre <strong>los</strong><br />

siguientes asuntos:<br />

• Compatibilización del sistema de competencias<br />

con <strong>los</strong> parámetros internacionales, y promoción<br />

del reconocimiento y la acreditación de las<br />

calificaciones y aptitudes de <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong><br />

<strong>migrantes</strong><br />

• Integración del recurso humano representado<br />

por <strong>los</strong> colombianos en el exterior dentro del<br />

mapa de recurso humano nacional.<br />

• Consideración de las posibilidades que el recurso<br />

humano de Colombia en el exterior ofrece<br />

para la inversión extranjera y en nuevas tecnologías<br />

en el país, así como las que estas brindan<br />

para la retención de personal calificado nacional<br />

en el país.<br />

• Revisión y creación de programas de movilidad<br />

internacional de investigadores según demandas<br />

empresariales y de desarrollo técnico científico<br />

del país.<br />

• Vinculación de la población colombiana altamente<br />

calificada residente en el exterior al desarrollo<br />

y formación del recurso humano nacional,<br />

mediante un programa de “circulación de<br />

conocimiento”, que no demande el retorno definitivo,<br />

así como generando víncu<strong>los</strong> especializados,<br />

o fortaleciendo <strong>los</strong> existentes, con las<br />

redes de esa población. Lo anterior, teniendo en<br />

cuenta <strong>los</strong> requerimientos de las universidades,<br />

el aparato de Estado y las empresas.<br />

• Gestionar programas de migración laboral temporal<br />

en el marco de las necesidades de adquisición<br />

o mejora de competencias de personal<br />

profesional y técnico, y de otros orientados a la<br />

obtención de las primeras experiencias laborales<br />

o de competencias específicas por parte<br />

de jóvenes, a partir de las cuales se les pueda<br />

ofrecer empleo o apoyo para su auto ocupación<br />

al regreso.<br />

• Vinculación de <strong>trabajadores</strong> retornados y extranjeros<br />

a <strong>los</strong> procesos de formación del recurso<br />

humano de manera que puedan transferir<br />

experiencias y aprendizajes laborales adquiridos<br />

durante la migración.<br />

• Establecimiento de alianzas estratégicas para el<br />

mejoramiento de la gestión migratoria laboral y<br />

la promoción de negociaciones encaminadas a<br />

la suscripción de acuerdos migratorios laborales.<br />

• Implementación de <strong>los</strong> convenios de movilidad<br />

laboral fronteriza, acorde con <strong>los</strong> objetivos de<br />

desarrollo del Plan Nacional para las zonas limítrofes.<br />

• Concertación de acuerdos bilaterales, regionales<br />

o multilaterales, para ofrecer cobertura y<br />

transferibilidad de prestaciones de seguridad<br />

social a <strong>los</strong> <strong>trabajadores</strong> <strong>migrantes</strong> regulares y,<br />

Diálogos Migrantes 133

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