El Parlamento Andino y los trabajadores migrantes andinos
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Comunidad Andina: Derecho al libre establecimiento con fines laborales para <strong>los</strong> ciudadanos comunitarios<br />
¿En qué consiste el “Instrumento <strong>Andino</strong> de Migración Laboral”?<br />
La Decisión 545 “Instrumento <strong>Andino</strong> de Migración<br />
Laboral”, en el contexto de fortalecer el ordenamiento<br />
jurídico andino referido a garantizar el derecho<br />
a la libre circulación y establecimiento de <strong>los</strong><br />
ciudadanos comunitarios en el espacio subregional<br />
(uno de <strong>los</strong> pilares centrales del concepto de la ciudadanía<br />
andina), tiene como objetivo primordial la<br />
definición de un conjunto de principios y normas<br />
generales que permiten a <strong>los</strong> nacionales de <strong>los</strong><br />
Países Miembros establecerse, con fines laborales<br />
y bajo relación de dependencia, en cualquier otro<br />
país comunitario andino distinto al de su domicilio<br />
habitual.<br />
Es imprescindible recalcar que esta norma comunitaria<br />
regula la circulación y establecimiento de<br />
<strong>los</strong> ciudadanos <strong>andinos</strong> que trabajan bajo relación<br />
de dependencia, según la normativa laboral común<br />
vigente en <strong>los</strong> Países Miembros. Esta figura es diferente<br />
de <strong>los</strong> servicios profesionales y del comercio<br />
de servicios en general (por ejemplo el ejercicio de<br />
profesiones liberales, consultorías, etc.) donde no<br />
existe relación de dependencia y cuyo ejercicio tiene<br />
un tratamiento distinto en el ordenamiento jurídico<br />
comunitario regulado por las Decisiones 439,<br />
510, entre otras.<br />
“(...) La Decisión 545 denominada<br />
‘Instrumento <strong>Andino</strong> de Migración Laboral’<br />
se ha convertido en uno de <strong>los</strong> elementos<br />
más emblemáticos que permitirá impulsar<br />
la construcción de la ciudadanía andina para<br />
millones de <strong>trabajadores</strong> comunitarios (…)”.<br />
Los principales elementos que merecen destacarse<br />
en la Decisión 545, a la luz de las innovaciones y <strong>los</strong><br />
nuevos derechos que consagra para <strong>los</strong> ciudadanos<br />
comunitarios <strong>andinos</strong>, son <strong>los</strong> siguientes:<br />
1. Ámbito de aplicación. Está referido <strong>los</strong> ciudadanos<br />
comunitarios que se trasladan al interior<br />
de <strong>los</strong> 4 Países Miembros (Bolivia, Colombia,<br />
Ecuador y Perú) con fines laborales bajo relación<br />
de dependencia, sea en forma temporal o<br />
permanente. No incluye, en consecuencia, lo<br />
relacionado al comercio de servicios.<br />
2. Gradualidad en su aplicación. la Decisión fija<br />
el criterio de gradualidad para procurar el ordenamiento<br />
progresivo de <strong>los</strong> flujos migratorios<br />
con fines laborales en el espacio comunitario.<br />
Este es un asunto importante, ya que la Decisión<br />
545 no establece una apertura repentina<br />
e indiscriminada del mercado laboral en el espacio<br />
comunitario sino, muy por el contrario, establece<br />
un estricto programa de liberalización<br />
que permite a <strong>los</strong> Países Miembros adecuar su<br />
legislación y oportunidades internas a este nuevo<br />
desafío comunitario 6 .<br />
3. Nacimiento de la “ciudadanía laboral comunitaria<br />
andina”. Es decir, reconocimiento de <strong>los</strong><br />
principios de igualdad de trato y de oportunidades<br />
en la aplicación de este Instrumento a todos<br />
<strong>los</strong> nacionales de <strong>los</strong> Países Miembros. En<br />
consecuencia, en la legislación laboral nacional<br />
ya no se podrá considerar a <strong>los</strong> nacionales comunitarios<br />
<strong>andinos</strong> como extranjeros sino como<br />
<strong>trabajadores</strong> nacionales. Como se comprenderá,<br />
el nacimiento de este derecho marca un hito<br />
fundamental en la vida de nuestros países y en<br />
la creación de la conciencia que todo trabaja-<br />
danos – Un proyecto para la Integración Integral de nuestros pueb<strong>los</strong>”, que contiene varios elementos centrales de la Decisión 545<br />
en la construcción de este sentido de pertenencia del ciudadano andino (y específicamente de millones de <strong>trabajadores</strong> sujetos a la<br />
legislación laboral común) a su proceso de integración.<br />
6<br />
Los plazos que estableció esta Decisión deberían haberse cumplido a más tardar al 31 de diciembre de 2005. Sin embargo, al<br />
estar pendiente en la actualidad la aprobación de su norma reglamentaria, estos plazos también están pendientes de readecuación.<br />
Asimismo, se debe tener en cuenta que la República Bolivariana de Venezuela se retiró de la Comunidad Andina en abril de 2006, por<br />
lo que <strong>los</strong> plazos allí establecidos para <strong>los</strong> ciudadanos venezolanos ya no resultan aplicables.<br />
Diálogos Migrantes 15