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Libro Electronico V Congreso Procomcap 2015

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diseñar regímenes tributarios para las PyMES, estos han recibido mucha menos atención<br />

que otros aspectos del diseño de los impuestos. Si bien por muchos años los sistemas<br />

tributarios han abordado, de algún modo, la cuestión de las PyMES, muy pocas veces el<br />

tema ha ocupado un lugar destacado en los debates de política tributaria y administración<br />

de impuestos. (Conferencia: Tributación de la Pequeña y Mediana Empresa, 2007).<br />

Lo reflejado en los cuadros comparativos y en las expresiones de los autores, poco tocan el<br />

correspondiente al diseño de regímenes tributarios, en virtud de que las políticas de<br />

gobierno que deben contener las características especiales para un tratamiento fiscal<br />

especial, se encuentran fuera del plano oficial, acaso se observa que una de las tributaciones<br />

más coincidentes para el caso de México es el Impuesto sobre la Renta y al Valor<br />

Agregado. (En los países pertenecientes a la OCDE, el equivalente sería el Impuesto a la<br />

Sociedades y el Impuesto al Valor Añadido).<br />

Para efectos de utilizar la información que Díaz señala en su trabajo y tener referencias de<br />

instituciones como la OCDE, se citan las tasas impositivas correspondientes al Impuesto a<br />

las Sociedades, con indicadores con fines comparativos con importes porcentuales,<br />

conforme a la tabla No. 7.<br />

Se observa que el rango de la contribución Impuesto a las Sociedades, está conformada por<br />

una tasa que oscila entre 1.0 y 7.5, siendo la tasa más baja la correspondiente a Islandia, la<br />

más elevada, corresponde a los países como Japón y Luxemburgo con 7.5.<br />

Predomina una variación en los rangos de las tasas, por lo que no es posible establecer un<br />

criterio que permita estandarizar los sustentos de las políticas fiscales que determinan los<br />

criterios y tasas.<br />

La reflexión al párrafo anterior, Díaz expone la necesidad de minimizar las tasas<br />

impositivas y la simplificación de lo relativo al orden fiscal:<br />

Pero sigo insistiendo que aun estableciendo una tasa inferida, mínima para imposiciones a<br />

las “pymes”, la genuina simplificación del sistema tributario exige simplificar las<br />

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