03.05.2014 Views

LA FORMACION DOCENTE EN LA REPUBLICA ARGENTINA ... - OEI

LA FORMACION DOCENTE EN LA REPUBLICA ARGENTINA ... - OEI

LA FORMACION DOCENTE EN LA REPUBLICA ARGENTINA ... - OEI

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

d) A los fines de la articulación entre diferentes instituciones universitarias, el reconocimiento<br />

de los estudios parciales o asignaturas de las carreras de grado aprobados en cualquiera de<br />

esas instituciones, se hace por convenio entre ellas, conforme a los requisitos y pautas que se<br />

acuerden en el Consejo de Universidades"<br />

Por último citaremos al artículo 10:<br />

"La articulación a nivel regional estará a cargo de los Consejos Regionales de Planificación<br />

de la Educación Superior, integrados por representantes de las instituciones universitarias y<br />

de los gobiernos provinciales de cada región"<br />

Del análisis de la letra de los artículos 8 y 10, debemos subrayar dos aspectos:<br />

a) Los órganos y autoridades intervinientes en cada caso<br />

b) Los tipos de articulación que la ley establece y fomenta 32<br />

En relación a los órganos competentes tenemos una estructura integrada de la<br />

siguiente manera:<br />

i.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a quién le corresponde el gobierno y la<br />

coordinación del sistema universitario, así como la formulación de políticas. Asimismo debe<br />

asegurar la participación de los órganos de coordinación y de consulta. Dentro de este<br />

Ministerio la educación superior es dependencia de dos secretarías: La Secretaría de Políticas<br />

Universitarias y la Secretaría de Educación.<br />

ii.-Los órganos de coordinación y de consulta son: El Consejo de Universidades 33 -CU-<br />

(coordinación), el Consejo Interuniversitario Nacional 34 -CIN-; el Consejo de Rectores de<br />

Universidades Privadas 35 -CRUP- (estos dos últimos organismos de consulta) y, los<br />

Consejos Regionales de Planificación de la Educación Superior. -CEPRES- 36<br />

(coordinación).<br />

iii.-En el ámbito no universitario, el órgano de coordinación del subsistema es el Consejo<br />

Federal de Cultura y Educación, constituido por los señores ministros de educación de las<br />

provincias y del gobierno de la ciudad de Buenos Aires,<br />

32 En el art.4 de la misma Ley inciso f) señala como uno de los objetivos de la misma articular la oferta educativa<br />

de los diferentes tipos de instituciones que la integran.<br />

33 El Consejo de Universidades está presidido por el Ministro de Educación de la Nación, e integrado por: el<br />

Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional, la Comisión Directiva del Consejo de Rectores de<br />

Universidades Privadas, un representante de cada Consejo Regional de Planificación de la Educación Superior<br />

(que debe ser rector de una institución universitaria), un representante del Consejo Federal de Cultura y<br />

Educación.<br />

34 Este Consejo nuclea a las Universidades Nacionales que voluntariamente y en uso de su autonomía se<br />

adhirieron a él, como organismo coordinador de políticas universitarias. La máxima autoridad del CIN es el<br />

Plenario de Rectores.<br />

35 Nuclea a las instituciones universitarias de gestión privada, ya sea que cuenten con autorización definitiva o<br />

provisoria para funcionar<br />

36 Ley 24521, artículos 70 al 73.<br />

24

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!