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1 UJED - Emagister

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Las partes pueden dar anticipadamente por terminado el contrato cuando así sea<br />

necesario, sin embargo cuando la causa no es imputable al conductor, el locador<br />

tiene que indemnizarlo.<br />

Si llega el plazo por el cual se estableció el contrato y el conductor, sigue usando de<br />

la cosa, y el locador lo tolera, se entiende que el contrato ha sido renovado en los<br />

mismos términos y condiciones.<br />

Las acciones que se derivan de este contrato, se denominan de la locación y de la<br />

conducción.<br />

La de la Locación.- La tiene el locador en contra del conductor para que le pague la merced<br />

y para que concluido el contrato, le regrese su cosa.<br />

La de conducción.- La tiene el conductor en contra del locador para que le transfiera el uso<br />

de la cosa o para que le realice el trabajo convenido.<br />

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