1 UJED - Emagister
1 UJED - Emagister
1 UJED - Emagister
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
MODO DE HACERSE<br />
Potestativa<br />
POSIBLE Causal<br />
LA INSTITUCION BAJO CONDICION Mixta<br />
IMPOSIBLE<br />
3.7.SUSTITUCIÓN VULGAR.<br />
Sustitución es la institución de un segundo heredero para el caso de que falta el primero, de<br />
un tercero, cuarto o demás para el caso de que falten los que preceden.<br />
La sustitución se divide en Directa y Fideicomisaria.<br />
Directa es aquella que se hacía con palabras directas e imperativas.<br />
Fideicomisaria es aquella que se hacía con palabras de ruego o súplica.<br />
La sustitución se dividía también en Vulgar y pupilar.<br />
Vulgar era aquella que hacía el testador para el caso de que el heredero no admitiese la<br />
herencia.<br />
Pupilar es aquella que hacía el padre de familia sobre sus hijos, en caso de que murieran<br />
siendo impúberes.<br />
Diferencia entre sustitución vulgar y pupilar.<br />
1.- Vulgarmente sustituyen cualquier testador, pupilarmente sólo el padre de familia.<br />
2.-Vulgarmente sustituyen a cualquier heredero, pupilarmente sólo a los hijos impúberes.<br />
3.- La sustitución vulgar se da para el caso negativo de que no hay heredero.<br />
La sustitución pupilar se da para el caso afirmativo de que habiendo heredero, éste muera<br />
siendo impúber.<br />
En la sustitución vulgar quedan comprendidos los casos de VOLUNTAD y de<br />
IMPOTENCIA, o sea que se da para el caso de que el heredero no admita la herencia, ya<br />
sea porque no quiere o porque no puede.<br />
AXIOMAS.<br />
Pueden ser nombrados sustitutos todos aquellos que pueden ser instituidos<br />
herederos.<br />
Puede sustituirse uno en lugar de uno, uno en lugar de muchos y muchos en lugar de<br />
uno.<br />
72