1 UJED - Emagister
1 UJED - Emagister
1 UJED - Emagister
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
6.3. SOCIEDAD.<br />
La sociedad se distingue de la comunión de cosas:<br />
1.- La sociedad es un verdadero contrato, la comunión de cosas es un cuasi-contrato.<br />
2.- En la sociedad se entra con nuestro consentimiento, en la comunión de cosas a veces en<br />
contra de nuestra voluntad.<br />
3.- De la sociedad se derivan las acciones de la sociedad y de la comunión de cosas se<br />
derivan las acciones de división de cosas.<br />
La sociedad es un contrato consensual establecida para comunicarse los bienes o la<br />
industria con el fin de obtener una ganancia común.<br />
Las sociedades se perfeccionan con el simple consentimiento, sin embargo, las pastes para<br />
mayor seguridad pueden reducirla a la escritura, aunque en la sociedad, los socios entregan<br />
aportaciones, esta entrega es consecuencia del mismo contrato.<br />
La sociedad se divide en universal, general y singular.<br />
Universal.- Es aquella en la cual los socios se obligan a invertir todos sus bienes tanto<br />
presentes como futuros.<br />
General.- Es aquella en al cual los socios se obligan a reinvertir las ganancias que obtienen<br />
en la misma sociedad.<br />
Singular.- Es aquella que se da para alguna cosa o un negocio en particular, es la más<br />
común u recibe el nombre especifico de compañía.<br />
AXIOMAS.<br />
• Es valida la sociedad desigual, o sea, si un socio aporta 100 y otro 50.<br />
• Es valida la sociedad en la cual un socio pone el capital y el otro su trabajo, pero en<br />
este caso el socio industrial, debe ser reconocido como tal, para poder participar en<br />
las ganancias que se obtengan, pero cuando se lleva a cabo la liquidación de la<br />
sociedad no tiene derecho a recibir nada del capital, puesto que nada aporto.<br />
• Es nula la sociedad en la cual se establece que todas las ganancias sean por un solo<br />
socio y las perdidas comunes.<br />
• Es nula la sociedad en la cual se establecen que todas las ganancias sean para un<br />
socio y las perdidas para otro.<br />
149