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acciones divisorias y iudicia bonae fidei. (Ver actio familiae erciscundae).<br />
Actio conducti. Acción que tiene el arrendatario contra el arrendador para que cumpla con su obligación. (Ver locatio<br />
conductio, locator, conductor).<br />
Actio confessoria. Acción que tiene el titular de una servidumbre contra el propietario del predio sirviente. (Ver<br />
vindicatio servitutis).<br />
Actio contraria. Acción contraria, opuesta a la que tiene aquel que posee la directa, tal es el caso del mandatario,<br />
depositario, etc. Frente al mandante, depositante, etc. (Ver actio directa).<br />
Actio de aedibus incensis. Acción contra el que causa incendios en casa ajena. (Ver Lex Aquilia).<br />
Actio de arboribus succisis o caedendis. Acción contra aquel que tala árboles en propiedad ajena. (Ver Lex Aquilia).<br />
Actio de pastu pecoris. Acción para resarcirse del daño causado por ganado ajeno en propiedad del demandante. (Ver<br />
noxa).<br />
Actio de pauperie. Acción para resarcirse del daño ocasionado por los animales domésticos. (Ver noxa).<br />
Actio de rationibus distrahendis. A por el doble del daño causado por el tutor por el mal manejo de su función. Solo<br />
puede ejercerse al finalizar la tutela. (Ver crimen suspecti tutoris).<br />
Actio de recepto. Acción que tienen los depositantes en las diversas transacciones derivados de los pactos de recetum.<br />
(Ver pactum, receptum argentarii).<br />
Actio depensi. Acción que tiene el fiador para cobrar al deudor principal lo que no se le hubiera reembolsado en el<br />
curso de seis meses. (Ver sponsio).<br />
Actio depositi contraria. Acción que tiene en depositario contra el depositante para que le pague los gastos que haya<br />
realizado con motivo del depósito. (Ver depositum, actio depositi directa).<br />
Actio depositi directa. Acción que tiene el depositante para exigir al depositario la entrega de la cosa. (Ver depositum,<br />
actio depositi contraria).<br />
Actio directa. Acción directa que tiene el acreedor frente al deudor, quien tiene siempre responsabilidad; tal es el caso<br />
del depositante, mandante, etc. Frente al depositario, mandatario, etc. (Ver actio contraria).<br />
Actio doli. Acción penal que se ejercita contar quien comete dolo. (Ver dolus, exceptio doli).<br />
Actio ex stipulatio. Acción que tiene el acreedor cuando el objeto de la estipulación no era ni dinero, ni bienes<br />
genéricos. Implicaba un hacer del deudor. (Ver stipulatio).<br />
Actio familiae reciscundae. Acción entre coherederos para dividir una herencia indivisa. (Ver actio communi<br />
dividundo).<br />
Actio fiduciae. Acción que tiene el que transmite la propiedad si el adquirente no quiere devolverla. (Ver fiduciae,<br />
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