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gozaban de los derechos inherentes a las persona libres, pero no tenían derechos políticos. A fin de casarse y testar<br />
tenían que solicitar la intervención de un ciudadano romano para que a través de él se legitimaran dichos actos. (Ver<br />
ius gentium).<br />
Periculum est locatoris. Los riesgos son para el arrendador. (Ver locatio conductio, locator).<br />
Pictura. Pintura.<br />
Pignus. Prenda. Contrato en virtud del cual el deudor o un tercero entregan la prestación de una cosa al acreedor<br />
prendario como garantía de una deuda preexistente. (Ver contractus, datio rei, ius in re aliena, hypoteca).<br />
Pignus gordianum. Reforma introducida por el emperador Gordiano en virtud de la cual el acreedor prendario podía<br />
retener la prenda, aunque el deudor hubiera satisfecho el crédito si tenía otras deudas pendientes. (Ver pignus).<br />
Plantatio. Plantar<br />
Plebe. La clase social opuesta a los patricios. Por falta de datos en las fuentes, su origen es una de las cuestiones más<br />
controvertidas de la historia de los orígenes de Roma. Hay quienes opinan que son los antiguos habitantes de Roma<br />
después de vencidos, otros que son los clientes abandonados por sus protectores. (Ver concilia plebis, plebiscito).<br />
Plebiscito. Decisiones o medidas legislativas tomadas por la asamblea de los plebeyos. En un principio dichas<br />
decisiones eran obligatorias sólo para los plebeyos; a partir de la Lex Hortensia (287 s. de C. ¿?) su obligatoriedad se<br />
extendió a todos los ciudadanos romanos. (Ver patricii, plebe).<br />
Plumbatio. La soldadura hecha con plomo de dos metales. (Ver ferruminatio).<br />
Plus petitio-minus petitio. Reclamar más o menos de lo que se nos debe. En la época clásica el demandante que<br />
incurría en ello perdía le caso. Al desaparecer la fórmula plus petito pierde la actualidad. Si el demandante pide menos,<br />
el juez no puede darle más de lo que pidió. (Ver per formulam).<br />
Plus res sunt in obligatione una tantum in solutione. Muchas cosas en obligación pero sólo una para el<br />
cumplimiento. (Ver obligatio).<br />
Poena. Pena. Compensación pecuniaria acordada por las partes en caso de incumplimiento de una obligación. (Ver<br />
obligatio).<br />
Populus. En sentido amplio comprende a todos los ciudadanos romanos. En sentido estricto a todas las personas que<br />
participan en una asamblea popular.<br />
Positum vel suspensum. El daño que causa un objeto colocado o colgado en vía pública configura el cuasi delito de<br />
dicho nombre. (Ver quasi ex delicta, effusum et deictum).<br />
Possessio. El control físico de una cosa (corpus) unida al ánimo de tenerla en calidad de propietario (animus<br />
possidendi). (Ver corpus, animus possidendi).<br />
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