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Como se pueden dejar los fideicomisos.<br />

Puramente, bajo condición, desde cierto día y hasta cierto día.<br />

Antiguamente el cumplir con los fideicomisos no era obligatorio sino que se dejaba al<br />

honor del heredero, fue hasta la época de Augusto en que se estableció la obligación de<br />

cumplir con los fideicomisos, para lo cual los cónsules eran los indicados de vigilar que<br />

efectivamente se pagaban los fideicomisos, posteriormente y durante la época de Claudio,<br />

esta función la tuvieron 2 pretores.<br />

Como sucedía a veces que al heredero no le quedaba nada de la herencia pues tenía que<br />

restituirla toda al fideicomisario. Para poner solución a este problema se inventó<br />

primeramente un senado-consulto que se llamó Trebeliano en el cual se establecía que el<br />

heredero y el fideicomisario pagarían a prorrata la deuda, es decir, de acuerdo con lo que<br />

cada uno recibiera, pero como la naturaleza del hombre es tal que si no recibe beneficio<br />

tampoco quiere que otro lo reciba, las herencias se seguían repudiando, fue entonces<br />

cuando se invento el senado consulto Pegasiano en el cual se establecía que el heredero<br />

estaba obligado a aceptar y entregar la herencia y que si no le quedaba nada de ella, podía<br />

sacar la cuarta parte a manera de la Falcidia. Ambos senados consultos estaban incompletos<br />

pues en el primero se liberaba al heredero de las deudas, pero no se la daba ningún<br />

beneficio, y por medio del segundo se le concedía al heredero sacar la cuarta parte de la<br />

herencia pero no se liberaba de las deudas.<br />

Justiniano reunió en un solo senado-consulto, los dos anteriores y estableció que se llamaría<br />

Senado Consulto Trebeliano y la cuarta que se sacaba se llamaría Cuarta Trebeliánica la<br />

cual se distingue de la cuarta falcidia:<br />

Ley falcidia se saca de los legados, fideicomisos singulares y donaciones por causa<br />

de muerte, la Trebeliánica se saca de fideicomiso universal.<br />

La falcidia la saca el heredero instituido y la Trebeliánica la saca únicamente el<br />

heredero fiduciario.<br />

La falcidia se computa del patrimonio que recibe el heredero a través de la<br />

institución de heredero, la Trebeliánica se saca de lo que recibe el fideicomisario<br />

por cualquier titulo.<br />

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