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Iustum. Justo. Conforme al derecho.<br />
L<br />
Laesio enormis. Lesión enorme. Se presenta en la venta de una cosa en la cual el vendedor ha pagado menos de la<br />
mitad del precio real. Bajo Justiniano a voluntad del vendedor dicha venta puede rescindirse. Posteriormente se amplió<br />
a todos los contratos el pretium iustium. (Ver Art. 17 del Código Civil).<br />
Lapidis eximendi. Servidumbre urbana que permite sacar piedras. (Ver servitus, créate eximendae, calcis coquendae).<br />
Latini coloniarii. Ciudadanos de la colonia del Latio. (Ver status civitatis).<br />
Latini veneres. Descendientes de los antiguos fundadores de Roma. (Ver status civitatis).<br />
Laudemium. Derecho que tiene el propietario de un bien gravado por una enfiteusis de recibir el 2% de importe de la<br />
venta que haga el infiteuta de su derecho. (Ver enfiteusis).<br />
Legado per vindicationem. Legado en virtud del cual el legatario puede reclamarlo a través de la acción<br />
reivindicatoria, en calidad de dueño. (Ver actio reinvidicatoria).<br />
Leges. Plural de lex. En sentido amplio son las leyes dictadas por los órganos legislativos. A principios de la República<br />
se consideraba leges a las aceptadas por el pueblo (comitia), por los plebeyos (comitia plebis) y a las propuestas de un<br />
magistrado. Posteriormente se denominan leges también a los edictos de os pretores, a los decretos de los senadores.<br />
Durante el Imperio se les llama leges a las Constituciones imperiales; las disposiciones legales emanadas de otras<br />
fuentes se les denomina iura. (Ver iura).<br />
Leges regotae. Leyes que han sido aprobadas por las asambleas populares propuestas por un alto magistrado. (Ver<br />
rogatio, cognatio).<br />
Legis aetio. El primer sistema procesal romano, consiste el formulas orales. Tres declarativas y dos ejecutivas:<br />
sacramento, per iudicis arbitrive postulationem, per condictionem, per pignoris capionem, per manus iniectionem.<br />
(Ver cada una de ellas).<br />
Legis actio per conditionem. Acción declarativa. Procedimiento utilizado para reclamar dinero o cosas especificas, en<br />
el cual se notificaba al magistrado de dicha reclamación. (Ver legis actio).<br />
Legis actio per iudicis arbitrive postulationem. Acción declarativa. Procedimiento introducido por la Ley de las XII<br />
Tablas, para reclamaciones originadas en un contrato verbis y por coherederos. Posteriormente su campo de aplicación<br />
se extendió a las otras acciones divisorias. (Ver actio communi dividundo, legis actio, verbis).<br />
Legis actio per manus iniectionem. Acción ejecutiva. Procedimiento de ejecución personal, sobre ciertos deudores que<br />
no cumplían su obligación dentro del plazo que se les concedía en cualquiera de las acciones declarativas. (Ver legis<br />
actio, nexum).<br />
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