monografia28abril2008.pdf - Asepeyo
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La prevención de riesgos laborales<br />
y el Autónomo<br />
Los autónomos constituyen un amplio colectivo que realiza su trabajo<br />
arriesgando sus propios recursos económicos, aportando su trabajo personal, la<br />
mayoría sin asalariados, y que demanda un nivel de protección social semejante<br />
al que tienen los trabajadores por cuenta ajena, por lo que nuestro legislador ha<br />
considerado conveniente regular los distintos aspectos de esa opción laboral y<br />
profesional con aquella finalidad.<br />
En ese contexto se aprueba la Ley 20/2007 de 7 de julio del Estatuto del<br />
Trabajador Autónomo que, entre otras cuestiones, define el trabajo autónomo,<br />
contempla los derechos y obligaciones de los trabajadores por cuenta propia, su<br />
nivel de protección social e introduce como novedad esencial la figura del<br />
trabajador autónomo económicamente dependiente. Con la nueva ley, el trabajo<br />
autónomo, que tradicionalmente se ha configurado dentro de un marco de<br />
relaciones jurídicas propio del derecho privado, pasa a tener una normativa<br />
común y genérica que la regula, estableciendo un marco básico dentro del cual<br />
deberán incluirse y al cual deberán ajustarse aquellas relaciones que puedan<br />
establecer los autónomos en el desarrollo de su actividad.<br />
Muchas de las cuestiones reguladas de forma expresa para trabajadores<br />
autónomos en el Estatuto estaban ya recogidas, aunque de forma dispersa y<br />
con carácter general, en la normativa vigente, en especial en materia de<br />
derechos y, por tanto, ya eran aplicables y exigibles por los autónomos al no<br />
establecerse en las distintas normas criterios de distinción, utilizando de forma<br />
genérica los términos “trabajadores”, “ciudadanos” (así CE, LO 1/2004 sobre<br />
violencia de género, legislación europea, etc).<br />
No obstante, ratificando lo anterior en materia de derechos, el Estatuto viene a<br />
reconocer como derechos profesionales de los autónomos, paralelamente a la<br />
regulación que el Estatuto de los Trabajadores establece para los trabajadores<br />
por cuenta ajena, entre otros, los siguientes:<br />
- derecho a la igualdad y no discriminación<br />
- derecho a la intimidad, dignidad y adecuada protección frente al acoso<br />
sexual, por razón de sexo o cualquier otra circunstancia<br />
- formación y readaptación profesional<br />
- integridad física y protección de su seguridad y salud en el trabajo<br />
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