monografia28abril2008.pdf - Asepeyo
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Es preciso destacar que durante la adaptación de la Directiva marco de 1989,<br />
Francia decidió no imponer la obligación general de disponer de un servicio<br />
interno de prevención en la empresa. Se trata de una decisión de la organización<br />
que no cuestiona el principio de la prevención integrada en la empresa, que<br />
constituye una prioridad.<br />
En concreto, desde el punto de vista de la empresa, se distinguen dos<br />
partes implicadas principales:<br />
Los servicios de salud en el trabajo, que antes se conocían como “medicina<br />
del trabajo”. Son servicios propios de la empresa o que sirven a varias<br />
empresas. Su papel es exclusivamente preventivo y consiste en “evitar toda<br />
alteración de la salud de los trabajadores por motivos de trabajo, especialmente<br />
por lo que se refiere a la supervisión de las condiciones higiénicas, los riesgos<br />
de contagio y el estado de salud de los trabajadores”.<br />
Durante mucho tiempo se centraban en el reconocimiento médico durante las<br />
visitas periódicas de los trabajadores. Desde el 2000 intentan transformarse<br />
para integrar progresivamente el carácter multidisciplinar que se precisa para la<br />
evolución del riesgo profesional y el enfoque europeo. En la actualidad, los<br />
servicios de salud en el trabajo cuentan con unos 6.500 médicos y 10.500<br />
trabajadores no médicos que se agrupan en 943 servicios.<br />
En el 2002, siempre con el objetivo de aplicar el enfoque multidisciplinar en<br />
materia de salud y prevención de los riesgos profesionales, así como de cumplir<br />
con el derecho europeo, Francia creó la figura de los interventores en<br />
prevención de riesgos profesionales (IPRP). Son especialistas habilitados a tal<br />
efecto (especialistas en ergonomía, ingenieros de seguridad, psiquiatras,<br />
psicólogos, toxicólogos, epidemiólogos, etc.) a quienes pueden recurrir los<br />
servicios de salud en el trabajo, en colaboración con las empresas pertinentes.<br />
A pesar de las distintas reformas, son muchos los informes que subrayan que<br />
estos servicios sólo atienden a una parte de las misiones de SST, sin que medie<br />
una relación estrecha entre los diferentes interventores.<br />
Se trata de pasar de una lógica de la visita individual sistemática a la gestión de<br />
una prevención primaria de los riesgos profesionales.<br />
Está en proceso una consulta, con el apoyo del ministro de Trabajo, para<br />
proponer un plan de definición de reformas de estos servicios.<br />
También se trata de adaptar estos servicios a las necesidades de las empresas,<br />
así como a sus prácticas y expectativas. En definitiva, las transformaciones<br />
experimentadas en el mundo del trabajo a modo de ejercicio (contrato precario,<br />
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