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Descargar - Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)

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SEMINARIO INTERNACIONAL, TERRORISMO Y ESTÁNDARES EN DERECHOS HUMANOSno tiene prueba suficiente, que es lo que ocurrió acá. Esto ocurre, que se elimina una prueba insuficiente,en una audiencia <strong>de</strong>stinada a este fin, que es la Audiencia <strong>de</strong> Preparación <strong>de</strong> Juicio Oral, <strong>de</strong> modo talque en la medida que direccionemos todo nuestro or<strong>de</strong>namiento jurídico, los mecanismos procesalesestán para resguardar los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los intervinientes. Ahora bien, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> losmotivos o causales invocadas para una mayor exclusión <strong>de</strong> prueba <strong>de</strong>cía relación con la impertinenciaque precisamente es una causal que no permite la revisión por un tribunal superior jerárquico y que nosimpi<strong>de</strong> llegar y revisar nuevamente la discusión respecto <strong>de</strong> ese tema, que es lo que ocurrió en este casoconcreto. En cuanto a la vulneración <strong>de</strong> garantías, ésta se dio solamente respecto <strong>de</strong> ciertos y <strong>de</strong>terminadosmedios <strong>de</strong> prueba que se reunieron mediante la investigación en don<strong>de</strong> el Tribunal <strong>de</strong> Alzada por un fallo<strong>de</strong> mayoría, 2 a 1, <strong>de</strong>ci<strong>de</strong> mantener lo resuelto por el tribunal inferior. Es <strong>de</strong>cir, tan mal no estaba tampocoesta investigación y tanta vulneración <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos tampoco existía, tanto es así que hubo un voto <strong>de</strong>minoría.Para concluir, sin dudas, es necesario efectuar una revisión <strong>de</strong> las <strong>de</strong>scripciones típicas <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>Conductas Terroristas. Hay que hacer y también efectuar una revisión respecto a las herramientainvestigativas lícitas y válidas o la regulación <strong>de</strong> estas herramientas y la actuación <strong>de</strong>l Ministerio Público eneste tipo <strong>de</strong> <strong>de</strong>litos.Tanto es así como se ha señalado en la mañana, anticipar la punibilidad <strong>de</strong> la conducta y respecto <strong>de</strong>la figura contemplada particularmente en la ley que es la asociación ilícita terrorista, que como se haindicado acá se trato <strong>de</strong> configurar a través <strong>de</strong> una asociación informal, horizontal y <strong>de</strong>mocrática que sibien pue<strong>de</strong>n no ser conceptos oportunos u a<strong>de</strong>cuados, sí <strong>de</strong>be establecerse la posibilidad <strong>de</strong> sancionarla agrupación, porque en <strong>de</strong>finitiva esta agrupación informal, horizontal y quizás <strong>de</strong>mocrática entre ellosera una agrupación que estaba <strong>de</strong>stinada a la comisión <strong>de</strong> un ilícito <strong>de</strong>terminado.Muchas gracias.102

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