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Ikusmiran 2016 | Poder sindical: Una realidad cambiante

kusmiran es un instrumento para mirar con profundidad a la realidad que vivimos. En años anteriores hemos tratado de registrar todos los aspectos del comtexto económico y político desde un punto de vista estratégico. En esta ocasión, hemos realizado un análisis monográfico, con el objetivo de ofreceros una visión completa del poder sindical.

kusmiran es un instrumento para mirar con profundidad a la realidad que vivimos.

En años anteriores hemos tratado de registrar todos los aspectos del comtexto económico y político desde un punto de vista estratégico.

En esta ocasión, hemos realizado un análisis monográfico, con el objetivo de ofreceros una visión completa del poder sindical.

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<strong>Poder</strong> <strong>sindical</strong>: una <strong>realidad</strong> <strong>cambiante</strong><br />

2. MODELOS DE REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LAS<br />

TRABAJADORAS. EUSKAL HERRIA Y EUROPA.<br />

2.1. MODELOS DE REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.<br />

A continuación realizaremos una descripción general de los modelos que existen en la Unión Europea y en Noruega para<br />

que la representación de los trabajadores y las trabajadoras sea aceptada en las relaciones laborales y en las instituciones. Sin<br />

duda se trata de una descripción poco profunda. Ciertamente, el objetivo de este trabajo no es investigar las diferencias entre<br />

modelos o realizar una descripción detallada de las mismas. Para analizar más en detalle los modelos que vamos a citar sería<br />

necesario analizar las similitudes y diferencias que existen en las estructuras (de los sindicatos, de las empresas y de los comités<br />

de empresa), así como las diferentes funciones, competencias o derechos que tienen las y los diferentes representantes.<br />

Por lo tanto, el objetivo de este capítulo es, más bien, situarnos en el contexto europeo, más que realizar una comparación<br />

precisa entre modelos. Su conocimiento, aunque sea a rasgos generales, es importante cuando se realizan comparaciones entre<br />

pueblos o estados, para poder entender mejor las similitudes y diferencias que se aprecian en los datos.<br />

En un estudio realizado por L. Fulton para la ETUI (European Trade Union Institute) 1 , éste clasifica en cuatro grupos los<br />

sistemas europeos de representación de las y los trabajadores. Para generar esos cuatro grupos combina dos variables: la<br />

estructura <strong>sindical</strong> y el comité de empresa (o estructura similar).<br />

12<br />

De esa forma, tomando en cuenta a la UE (28 estados) y a Noruega, existen cuatro estados en los que la representación<br />

principal de los trabajadores y trabajadoras se realiza mediante los comités de empresa. En esos países, todos los trabajadores y<br />

trabajadoras eligen su representación a nivel de empresa. En cambio, las leyes no prevén la existencia de estructuras <strong>sindical</strong>es<br />

en el ámbito laboral. Los estados que se organizan así son Alemania, Austria, Países Bajos y Luxemburgo.<br />

En otros ocho estados (Chipre, Dinamarca, Finlandia, Italia, Lituania, Malta, Rumanía y Suecia) se produce la situación<br />

contraria. La representación de los trabajadores y las trabajadoras en el ámbito laboral se realiza mediante los sindicatos. Existen<br />

otras normas para los trabajadores y trabajadoras que no pertenecen a un sindicato, pero se trata de excepciones. Fulton,<br />

menciona como ejemplo a Finlandia, donde las y los trabajadores pueden elegir representantes sin sindicar, pero solamente en<br />

los ámbitos laborales en los que no haya representantes de los sindicatos o donde los primeros sean mayoritarios.<br />

Entre esos dos modelos Fulton describe otros dos. En 12 estados (Bélgica, Croacia, República Checa, Francia –y por lo<br />

tanto, Ipar Euskal Herria-, Grecia, Hungría, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia y España –y por lo tanto, Hego<br />

Euskal Herria) las leyes o los acuerdos básicos configuran representaciones mixtas entre ambas vías, es decir, entre la vía de los<br />

sindicatos y la de los comités de empresa.<br />

No obstante, entre las <strong>realidad</strong>es de estos estados existen grandes diferencias. Por ejemplo, en Grecia, Portugal o la<br />

República Checa los comités de trabajadores y trabajadoras no son nada habituales. En Hungría, Eslovaquia y Eslovenia las<br />

funciones de los comités de empresa y los de los sindicatos de nivel local se solapan en gran medida. En Croacia, aunque no<br />

existe el comité, un sindicato puede asumir la representación de los trabajadores y las trabajadoras. Y es bastante habitual que<br />

eso suceda. En España los comités se comprometen en la negociación de los convenios colectivos y están muy vinculados a los<br />

sindicatos. En Bélgica y Francia los sindicatos son actores bastante hegemónicos.<br />

No obstante, los modelos no son estáticos. Por una parte, la directiva 2002/14/CE de la UE está debilitando los modelos<br />

de representación de los sindicatos y reforzando el de los comités de empresa. Por otra parte, debido a los cambios en las<br />

relaciones de poder político estatal, los partidos políticos gobernantes a veces buscan reforzar el papel de los comités de<br />

empresa y otras veces las estructuras <strong>sindical</strong>es. Entre esas dos opciones, en los últimos años ha sucedido fundamentalmente lo<br />

primero, es decir, se ha debilitado a los sindicatos y reforzado a los comités. En los últimos 8 años, Eslovaquia, República Checa,<br />

Polonia o Hungría han conocido movimientos de ese tipo. En Noruega, si bien en las grandes empresas los Comités coexisten<br />

con los sindicatos, su función está más unida a la competitividad que a la representación de las y los trabajadores.<br />

1<br />

L. Fulton (2013) Worker representation in Europe. Labour Research Department and ETUI. Realizado con la ayuda de SEEurope Network, disponible online en:<br />

http://www.worker-participation.eu/National-Industrial-Relations

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