articles-345822_ANEXO_19
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21<br />
1. Contextualización internacional y nacional de la formación de educadores<br />
En el caso de la educación, fue el Decreto 3157 de <strong>19</strong>68 el que incorporó estas modificaciones, reorganizando<br />
el Ministerio de Educación Nacional (MEN) y creando establecimientos públicos anexos 1 ,<br />
con lo que abrió el camino para una nacionalización de las políticas educativas. A partir de la Ley 43<br />
de <strong>19</strong>75 se nacionalizó la educación primaria y secundaria y luego, mediante el Decreto reglamentario<br />
14<strong>19</strong> de <strong>19</strong>78 expedido por el Ministerio de Educación Nacional, quedaron centralizadas las orientaciones<br />
gruesas de la política educativa 2 . Este ciclo de nacionalización del servicio se complementó<br />
con la oficialización de un Estatuto Nacional Docente a través del Decreto 2277 de <strong>19</strong>79.<br />
La nacionalización de las políticas educativas y de la planta de educadores estuvo acompañada de<br />
la implementación de la tecnología educativa, oficializada en el campo de la pedagogía con una clara<br />
orientación positivista, que programaba los procesos educativos de manera análoga al diseño taylorista<br />
de la división del trabajo en las empresas, con la misma carga de fragmentación del horizonte<br />
interpretativo y reduciendo la enseñanza a un dominio instrumental de las herramientas didácticas 3 .<br />
Durante la década del ochenta surgió el movimiento pedagógico como resultado del intercambio entre<br />
el gremio de los educadores, organizado en la Federación Nacional de Educadores –FECODE– y una<br />
franja importante de intelectuales de las universidades públicas. Este movimiento, además de cuestionar<br />
las orientaciones de la tecnología educativa, propugnó por el reconocimiento del educador como<br />
un trabajador de la cultura que reflexiona sobre su práctica educativa, de modo que la investigación<br />
debía incorporarse como uno de los elementos centrales en su formación. El movimiento pedagógico<br />
tuvo como “uno de sus varios propósitos el de profesionalizar y elevar la formación del magisterio”<br />
(IESALC - UNESCO y UPN, 2007).<br />
Algunas de las propuestas del movimiento pedagógico quedaron incorporadas parcialmente en la Ley<br />
115 de <strong>19</strong>94 y particularmente en el artículo 109, que establece como propósito:<br />
“formar un educador de la más alta calidad científica y ética, desarrollar la teoría y<br />
la práctica pedagógica como parte fundamental del saber del educador; fortalecer la<br />
investigación en el campo pedagógico y el saber especifico; y preparar educadores a<br />
nivel de pregrado y postgrado para los diferentes niveles y formas de prestación del<br />
servicio educativo”<br />
Sin embargo, esta Ley 115 de <strong>19</strong>94 hizo parte de un marco institucional diferente, oficializado en la<br />
Constitución de <strong>19</strong>91, como resultado de una reestructuración del Estado asociada a los cambios<br />
1<br />
Estos fueron el ICFES, ICCE, COLDEPORTES, COLCIENCIAS Y COLCULTURA. Este decreto creó igualmente los FER, con responsabilidades<br />
territoriales en los planteles oficiales, pero financiados con presupuesto nacional<br />
2<br />
“El Decreto 14<strong>19</strong>/78 definió lineamientos básicos para la administración de los currículos en todos los niveles del sector educativo. Igualmente<br />
definió las modalidades del bachillerato, la reglamentación de los planes y programas curriculares y los criterios para la formación y capacitación<br />
docente.<br />
3<br />
Desde cuando se oficializó, este tipo de pedagogía fue rechazado por la academia, particularmente por el grupo de investigación conocido como<br />
el ”Grupo Federici”, compuesto por docentes de la Universidad Nacional y liderado por Carlos Federici.