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87<br />

3. Subsistemas de formación de educadores: inicial, en servicio y avanzada<br />

NORMA<br />

OBJETO<br />

Decreto 4791 de 2008<br />

Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 11, 12, 13 y 14 de<br />

la Ley 715 de 2001 en relación con el Fondo de Servicios Educativos de<br />

los establecimientos educativos estatales.<br />

Decreto 366 de 2009<br />

Decreto 1295 de 2010<br />

Resolución 505 de 2010<br />

Resolución 5443 del MEN<br />

30 junio 2010<br />

Resolución 6966 de Agosto<br />

de 2010 del MEN<br />

Acuerdo 02 del<br />

18 de Abril de 2012 del MEN<br />

Sistema Nacional de Acreditación.<br />

Lineamientos para la<br />

acreditación de programas de<br />

pregrado.<br />

Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo<br />

pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con<br />

capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación<br />

inclusiva.<br />

Reglamenta el registro calificado y el desarrollo de programas académicos<br />

de educación superior en relación con la Ley 1188 de 2008. Se establecen<br />

las condiciones para la obtención del registro calificado para los programas<br />

de educación superior, pregrados y postgrados.<br />

Por la cual se crea y organiza la Sala Anexa para Escuelas Normales Superiores,<br />

se adopta el procedimiento para la verificación de las condiciones<br />

básicas de calidad del programa de formación complementaria que pueden<br />

ofrecer las escuelas normales superiores y se dictan otras disposiciones.<br />

Define características específicas de calidad de los programas de formación<br />

profesional en educación y otras disposiciones relacionadas con:<br />

denominación, currículo, perfil, competencias básicas y profesionales del<br />

educador, práctica pedagógica, movilidad y personal docente.<br />

Modifica los artículos 3 y 4 de la resolución 5443 de 2010 en cuanto a<br />

denominación, titulación y práctica pedagógica.<br />

Establece la apreciación de condiciones iniciales de acreditación de programas<br />

académicos. El Consejo Nacional de Educación Superior (CESU)<br />

acuerda establecer el procedimiento general para iniciar el proceso de<br />

autoevaluación con miras a la acreditación de programas académicos.<br />

Lineamientos para la acreditación de alta calidad 2013 desde el Sistema<br />

Integrado de Aseguramiento de la Calidad hacia la consolidación de una<br />

cultura de la autoevaluación. La Comisión Nacional de Aseguramiento de<br />

la Calidad de la Educación Superior (CONACES), a través del Registro<br />

Calificado, verifica las condiciones de calidad necesarias para la creación<br />

y el funcionamiento de programas. El Consejo Nacional de Acreditación<br />

(CNA), a través de la acreditación como proceso voluntario, reconoce la<br />

excelencia de los programas y de las instituciones.

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