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Propuesta Didáctica. P.D. Formación y Orientación Laboral. - Algaida

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Finiquito<br />

Pilar es contratada el 10 de abril de 201X con un contrato eventual por circunstancias de<br />

la producción. El contrato finaliza el 5 de septiembre del mismo año. El salario mensual<br />

de esta trabajadora, incluyendo complementos salariales, es de 1050 euros. Las pagas extraordinarias<br />

se devengan semestralmente y tienen un valor de 990 euros y el convenio colectivo<br />

valora económicamente las vacaciones anuales en 1020 euros. La trabajadora ha<br />

disfrutado de 9 días de vacaciones.<br />

Solución<br />

UNIDAD 4 55<br />

Si consideramos que el empresario estaba al corriente de sus obligaciones económicas con el trabajador<br />

en las respectivas fechas de devengo.<br />

1. Salario del mes en curso.<br />

En el mes de la finalización del contrato ha trabajado 5 días. Se calcula la parte proporcional del salario.<br />

Salario adeudado =<br />

1050 x 5<br />

= 175 euros.<br />

30<br />

2. Parte proporcional de pagas extraordinarias pendientes (PPPE).<br />

La extinción del contrato se produce el 5 de septiembre. En el segundo semestre del año Pilar ha<br />

trabajado tres meses y 5 días, en total 95 días. Se calcula la parte proporcional.<br />

PPPE =<br />

990 x 95<br />

= 522,50 euros<br />

180<br />

3. Vacaciones no disfrutadas.<br />

A lo largo del año Pilar trabajó 21 días en abril, cuatro meses y 5 días, en total 146 días.<br />

Le corresponderían =<br />

146 x 30<br />

360<br />

= 12,17 días de vacaciones. Pero como disfrutó de 9 días, en realidad<br />

le corresponden 12,17 – 9 = 3,17 días.<br />

El importe diario de las vacaciones es<br />

1020<br />

30<br />

euros/día.<br />

En concepto de vacaciones le deben 3,17 días x 34 euros/día = 107,78 euros.<br />

4. Indemnización.<br />

La finalización de un contrato eventual por circunstancias de la producción conlleva una indemnización<br />

de 12 días de salario por año trabajado.<br />

Como en total ha trabajado 146 días, le corresponden<br />

146 x 12<br />

= 4,87 días de indemnización.<br />

360<br />

El salario indemnizable incluye el salario mensual y la parte proporcional mensual de pagas extraordinarias.<br />

Salario mensual indemnizable = 1050 +<br />

990<br />

= 1215 euros.<br />

6<br />

Salario diario indemnizable =<br />

1215<br />

= 40,50 euros.<br />

30<br />

La indemnización que le corresponde es 4,87 días x 40,50 euros =197,24 euros.<br />

Total finiquito = 175 + 522,50 +107,78 + 131,22 = 1002,52 euros.<br />

Sentencia nº 698/07 de la Sala de lo Social<br />

En el recurso de suplicación nº 3506/07, interpuesto por D. Juan Pablo , representado<br />

por el Letrado D. Francisco García Díaz, contra la sentencia nº 7/07 dictada por el<br />

Juzgado de lo Social Número 1 de los de Madrid, en autos núm. 732/06, siendo<br />

recurrido AUTOFERBAR S.A., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José<br />

Navarro Fajardo.<br />

Antecedentes de hecho<br />

PRIMERO. En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda<br />

suscrita por D. Juan Pablo contra AUTOFERBAR, S.A., en reclamación por DESPIDO,<br />

en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico<br />

de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó<br />

sentencia con fecha 11 DE ENERO DE 2007, en los términos que se expresan en el<br />

fallo de dicha resolución.<br />

SEGUNDO. En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los<br />

siguientes:<br />

Fallo<br />

DESESTIMAMOS elrecurso de suplicación interpuesto por elletrado don<br />

Francisco García Díaz,en representación de don Juan Pablo , frente a la sentencia<br />

de 11 de enero de 2007 del Juzgado de lo Social núm.1 de los de Madrid, dictada<br />

en los autos 732/2006, seguidos a instancia de la parte recurrente contra la<br />

empresa AUTOFERBAR, S.A., sobre DESPIDO. Confirmamos la sentencia. Sin<br />

costas.

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