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168 Defendiendo el derecho humano a la vida en Latinoamérica<br />
de la concepción o fertilización del óvulo, hasta su efectivo nacimiento.<br />
Interés superior: consagra al interés superior del niño como el principio rector<br />
que asegura la máxima satisfacción de los derechos a ellos reconocidos,<br />
prevaleciendo éstos en caso de conflicto con otros derechos igualmente<br />
reconocidos. La consagración de este principio se encuentra en plena concordancia<br />
con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del<br />
Niño, que en su artículo 3.1 establece que todas las medidas concernientes a<br />
los niños que adopten las autoridades, deberán atender a su interés superior.<br />
Derechos y garantías: reconoce a todo niño el derecho inalienable a la<br />
vida como primer derecho humano, fuente y origen de todos los demás.<br />
Reconoce asimismo el derecho a la igualdad de oportunidades y a ser<br />
protegido contra cualquier tipo de discriminación o selección en razón<br />
de su patrimonio genético, etapa de su desarrollo, características físicas,<br />
biológicas o de cualquier otra índole; considerando particularmente<br />
agraviante y discriminatorio que se califique a los niños por nacer como<br />
“deseados” o “no deseados”.<br />
Alternativa ante embarazos provenientes de un delito contra la integridad<br />
sexual: propone que la mujer embarazada a consecuencia de un delito<br />
contra su integridad sexual sea acreedora, desde el momento de la concepción<br />
y durante todo el período gestacional, a una asignación especial.<br />
Asimismo prevé que dicha asignación se extienda hasta que el niño<br />
cumpla los 18 años de edad, en caso de que la madre decida asumir su<br />
crianza y educación. En caso contrario, se prevé la aplicación de medidas<br />
urgentes tendientes a favorecer la adopción o guarda por una familia,<br />
resultando la misma acreedora de la asignación especial.<br />
Sistema de protección integral: el sistema propuesto estaría conformado por<br />
todos aquellos organismos del ámbito nacional, provincial y municipal<br />
destinados a la promoción, prevención y asistencia de los derechos de la<br />
mujer embarazada y de los niños y niñas por nacer. Prevé la creación de<br />
un Centro de Asistencia a la Mujer Embarazada, integrado por personal<br />
interdisciplinario y especializado, que deberá funcionar en cada hospital<br />
público, y cuya finalidad será brindar asesoramiento y apoyo a las mujeres<br />
que cursen embarazos conflictivos, o se encuentren en situación de riesgo<br />
psicofísico, social o económico. Dispone entre las prestaciones básicas<br />
del Sistema (i) la atención directa durante las 24 horas y el acompañamiento<br />
de la mujer embarazada con problemas; (ii) el asesoramiento e<br />
la procura y promoción del bien común como deber de gobernantes y gobernados. http://<br />
www.redfederaldefamilias.org/