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Décimo Novena.- Los productos que, con arreglo a las disposiciones del presenteReglamento, requieran consignar en los rotulados de sus envases fecha de vencimientoy tengan más de cinco 151 años de fabricados, deberán ser retirados del mercado ydestruidos por los responsables de los establecimientos que los tengan en su poder,dentro del plazo máximo de quince (151 días útiles contados a partir de la vigencia de estedispositivo legal.Vencido este plazo, los productos serán decomisados y destruidos y a losestablecimientos responsables se les aplicará una multa de hasta cuatro 141 UnidadesImpositiVas Tributarias,V¡gésima.- Deróganse todas las disposiciones que se oponen al presente Reglamento,Vigésimo Primero.- El presente Reglamento rige a partir del día siguiente de supublicación,ANEXODE lAS DEFINICIONES1. Agente de diagnóstico: Es el producto farmacéutico empleado para ladeterminación «in vivo» de una enfermedad o estado fisico anormal.2. Cemticadode UbreComen:ializodón: Documento oficial que certifica queel productose vende libremente en el país fabricante o exportador, según corresponda, cuando setrate de productos farmacéuticos este Certificado indica, además del nombre delproducto, la forma farmacéutica, la concentración, la composición cualitativa ycuantitativa de los principios activos y excipientes que intervienen en su elaboración asícomo el nombre o razón social del laboratorio fabricanteEl Certificado de Calidad de Producto Farmacéutico objeto de Comercio Internacional dela Organización Mundial de la Salud (OMSI es un Certificado de Ubre Comercialización,3. Ceriificado de anólisis: Es el documento técnico-sanitario emitido por el CentroNacional de Control de Calidad, por un laboratorio acreditado en el Perú o por elorganismo certificador del país de origen en el que se reporta la totalidad de los análisiso pruebas requeridas por las obras oficiales, obras no oficiales o técnica propia delfabricante para un lote de producto. según corresponda, cuenta con conclusionesbasadas en los resultados analíticos obtenidos4. Control ofidal de calidad: SIStema planificado de actividades que realiza la autoridadsanitaria, que incluye la elaboración de normas, el registro, la obtención y procesamientode información, las ins<strong>pe</strong>cciones, los controles analíticos así como todas aquellasacciones orientadas a garantizar la calidad de los productos,5. Dinamización: Es el procedimiento que consiste en liberar energía por medio de laagitación y que implica la división molecular hasta la ionización de los cuerposmedicamentosos Es empleado para productos homeopáticos,6. Eficacia: Aptitud de un médicamente para producir los efectos propuestos que esdeterminada por métodos científicos, La eficacia del medicamento se determinageneralmente a partir de la fase H de los estudios clínicos, mediante la coml:lOración delos tratamientos que emplean el medicamento-problema versus un grupo control (que norecibe tratamiento o recibe un placebo),7. Ensayos de dsoludón: Prueba «in vitro)) que, en condiciones ex<strong>pe</strong>rimentalesdefinidas, determina la velocidad de disolución del principio activo de una formafarmacéutica sólida108

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