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Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre de milnovecientos noventa y ochoRICARDO MARQUEZ FLORESVicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho PresidencialALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de MinistrosJORGE BACA CAMPODONICOMinistro de Economía y FinanzasMARINO COSTA BAUERMinistro de SaludLima, 13 de Agosto de 1998RESOlUCION MINISTERIAL N" 308-98 - SA I DMVisto el Oficio N° 487-98-DG-DEGECO-DIGEMID, de la Dirección General deMedicamentos, Insumos y Drogas,CONSIDERANDO:Que de acuerdo a la Ley N° 26842, Ley General de Salud, la Autoridad de Salud de nivel nacional vela por el uso racional de medicamentos, promoviendo la provisión de medicamentos esenciales; Que el Petitorío Nacional de Medicamemos Esenciales es un instrumento técnico que, utilizado correctamente, imprime eficiencia al sistema de suministro de medicamentos, racionalizando las diferentes etapas de la cadena del medicamento: selección, programación, adquiSición, almacenamiento, prescripción y uso; Que el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, como instrumento técnico, consigna solamente los medicamentos de reconocida eficacia, seguridad y bajo costo, es decir los medicamentos esenciales, necesarios para solucionar los principales problemas de salud de la población de nuestro país; Que la Dirección General deMedicamentos, Insumos y Drogas, con la participación de los Comités Farmacológicos de las Direcciones de Salud de todo el país, ha elaborado el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, previa revisión del Listado de Medicamentos Esenciales, aprobado por Resolución Ministerial N° 022-93-SA/qM; Que en consecuencia, es conveniente aprobar el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legjsla~vo N° 584 Yen la Ley N° 26842, Ley General de Salud; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; 38

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