11.07.2015 Views

IDesignan miembros:===Formulario - Bvs.minsa.gob.pe - Ministerio ...

IDesignan miembros:===Formulario - Bvs.minsa.gob.pe - Ministerio ...

IDesignan miembros:===Formulario - Bvs.minsa.gob.pe - Ministerio ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Articulo 89°,- Un alimento es legalmente apto para el consumo humano cuando cumplecon las características establecidas por las normas sanitarias y de calidad aprobadas porla Autoridad de Salud a nivel Nacional.Articulo 9(1'.- Queda estrictamente prohibido importar, fabricar, fraccionar, elaborar,comerciar, traspasar a título gratuito, distribuir y almacenar alimentos y bebidasalterados,contaminados, adulterados o falsificados,Artículo 91°,- Todo alimento y bebida elaborados industrialmente, de producciónnacional o extranjera, sólo podrán ex<strong>pe</strong>nderse previo Registro Sanitario,Artículo 92°,- La Autoridad de Salud de nivel nacional es la encargada del controlsanitario de los alimentos y bebidas, productos cosméticos y similares, así como deinsumas, instrumental, y equipo de uso médico quirúrgico u odontológico, productossanitarios y productos de higiene <strong>pe</strong>rsonal y doméstica,El Registro Sanitario de alimentos y bebidas, productos cosméticos y similares, así comode insumos, instrumental y equipo de uso médico - quirúrgico u odontológico, productossanitarios y productos de higiene <strong>pe</strong>rsonal y doméstica, será automático con la solapresentación de una solicitud con carácter de declaración jurada consignado el númerode registro unificado de la <strong>pe</strong>rsona natural o jurídica solicitante, y la certificación de librecomercialización y de uso, pudiendo constar ambas en un solo documento, emitido porla autoridad com<strong>pe</strong>tente del país de origen o de exportación del producto,La inscripción en el referido Registro Sanitario es automática, con la sola presentación delos documentos establecidos en la presente disposición, teniendo la autoridad de saludun plazo máximo de 7 días para ex<strong>pe</strong>dir el documento que acredite el número deregistro,El mencionado Registro Sanitario es temporal y renovable,Las p.duanas de la República procederán al despacho de las mercancías a que se refiere elpresente artículo, exigiendo además de la documentación general requerida para laimportación, sólo la declaración jurada del importador consignando el número de registrosanitario, o en su defedo la fecha de presentación de la solicitud correspondiente, así comola fecha de vencimiento en el caso de los alimentos envasados, la misma que debe figurarpor impresión o etiquetado en los envases de venta al consumidor, conjuntamente con larazón social y Registro Unificado del importador o distribuidor general.Queda prohibida la venta ambulatoria de insumos, instrumental y equipo de uso médicoquirúrgico u odontológico,Artículo 93°", Se prohibe la importación de todo alimento o bebida cuyo comercio,distribución y consumo no estén <strong>pe</strong>rmitidos en el país de origen por constituir riesgo parala salud,Articulo 94°.- El <strong>pe</strong>rsonal que intervenga en la producción, manipulación, transporte,conservación, almacenamiento, ex<strong>pe</strong>ndio y suministro de alimentos está obligado arealizarlo en condiciones higiénicas y sanitarias para evitar su contaminación.Artículo 95°,- La fabricación, elaboración, fraccionamiento, almacenamiento y ex<strong>pe</strong>ndiode alimentos y bebidas debe realzarse en locales que reúnan las condiciones deubicación, instalación y o<strong>pe</strong>ración sanitariamente adecuadas, y cumplir con lasexigencias establecidas en el reglamento que dicta la Autoridad de Salud de nivelnacional.La Autoridad de Salud de nivel nacional o a quién ésta delegue, verificará <strong>pe</strong>riódicamenteel cumplimiento de lo establecido en la presente disposición.127

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!