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FICHA6Insatisfacción laboralPuede deberse a distintos motivos: relaciones con los compañeros, tipo de trabajo,salario, trato de los superiores, horario, ausencia-insuficiencia de comunicación,etc., sin olvidar los condicionantes del ambiente, la organización e influencias detipo social.Agotamiento psíquicoSíndrome de burnout: es el llamado, de forma común, “estar quemado”, cuando lapersona piensa que no será capaz de conseguir el objetivo y no puede más.Actuaciones hostiles continuadasSe ha constatado la existencia en las empresas de trabajadores sometidos a un hostigamientopsicológico tal que presentan síntomas psicosomáticos y reacciones anormaleshacia el trabajo y el ambiente laboral. Muchas de estas manifestaciones seajustan a la definición de mobbing, término empleado en la literatura psicológica internacionalpara describir una situación en la que una persona o un grupo de personasejercen una violencia psicológica extrema (en una o más de las 45 formas ocomportamientos descritos por el Leymann Inventory of Psychological Terrorization, LIPT),de forma sistemática (al menos, una vez por semana), durante un tiempo prolongado(más de 6 meses), sobre otra persona en el lugar de trabajo, según definición de H.Leymann. En castellano, se podría traducir dicho término como “psicoterror laboral”u “hostigamiento psicológico en el trabajo” (NTP 476. INSHT).MEDICINA PREVENTIVALa Medicina preventiva es una especialidad médica que, actuando sola ocomunitariamente, estudia los medios para conseguir el más alto grado posible debienestar físico, psíquico y social de los trabajadores en relación con la capacidadde estos, con las características y riesgos de su trabajo, del medio ambiente laboraly de la influencia de este en su entorno; así como para promover los medios parael diagnóstico, tratamiento, adaptación, rehabilitación y calificación de la patologíaproducida o condicionada por el trabajo.Las funciones vienen descritas en el Reglamento de los Servicios de Prevención(Real Decreto 39/1997, de 17 de enero), en su art. 37, apartado 3.b. y siguientes.La vigilancia de la salud estará sometida a protocolos específicos. El Ministerio deSanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas, y de acuerdo con lo establecidoen la Ley General de Sanidad en materia de participación de los agentes sociales,establecerán la periodicidad y contenidos específicos de cada caso.Los exámenes de salud incluirán, en todo caso, una historia clínico-laboral, en laque, además de los datos de anamnesis, exploración clínica y control biológico yestudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo, se haráconstar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanenciaen el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo y lasmedidas de prevención adoptadas.

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