VIAJE AL CENTRO DE LA ALIMENTACIÓN QUE NOS ENFERMA
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el que se realizó «una ponderación entre la importancia de cada<br />
indicador, resultado del estudio de opinión, y los incumplimientos<br />
detectados en los periodos de muestreo». Así, en base a este<br />
indicador ex novo, como resultado final el informe considera que<br />
los resultados son muy satisfactorios: «la adecuación de los estándares<br />
del Código de Autorregulación de Publicidad de Alimentos<br />
dirigida a menores PAOS ha mejorado en los últimos cinco años<br />
un 91% y las empresas adheridas al Código han reducido los incumplimientos<br />
en un 98,8% (91% en el caso de las no adheridas)».<br />
Que el estudio fuese financiado por la propia agencia promotora<br />
del Código y que sus resultados no hayan sido publicados en una<br />
revista científica son factores que contribuyen a sembrar serias<br />
dudas sobre la validez de sus conclusiones. El informe, con una<br />
pobre y vaga descripción de la metodología empleada, fue presentado<br />
durante la IV Convención NAOS.<br />
› El Código PAOS es un absoluto fracaso<br />
Hemos visto anteriormente el tipo de alimentos publicitados en<br />
televisión y hasta qué punto son insanos. Por tanto, es más que<br />
evidente que el código PAOS no sirve ni forma parte alguna de<br />
la estrategia de lucha contra las enfermedades asociadas a la<br />
alimentación insana. Ni el Código dice nada sobre la calidad nutricional<br />
de los alimentos publicitados (es decir, no es su función<br />
regular esa calidad), ni es de obligado cumplimiento, ni es controlada<br />
por organismos públicos y, por si fuera poco, se incumple<br />
día sí y día también. Por eso decíamos que hay algo peor que la<br />
ausencia de control público y es la apariencia de control, cuando<br />
en realidad no hay nada de nada.<br />
Por si hiciera falta añadir algo más, hace un tiempo se analizó la publicidad<br />
de alimentos dirigida a un público infantil, antes de la aprobación<br />
del código de autorregulación de la publicidad de alimentos<br />
dirigida a menores, prevención de la obesidad y salud (código<br />
PAOS) y después de su puesta en marcha. La conclusión era doble:<br />
la publicidad infantil estaba repleta de alimentos insanos que eran<br />
ofertados a menores en los espacios publicitarios de la programación<br />
infantil y, segunda, la puesta en marcha del código PAOS no<br />
ha tenido mucha repercusión sobre la cantidad y la calidad de los<br />
anuncios de alimentos destinados al público infantil 148 .<br />
Respecto a la valoración del efecto del código PAOS, sobre la<br />
publicidad dirigida especialmente al público menor de 12 años, el<br />
estudio resalta las normas éticas que, aunque aprobadas, no se<br />
están cumpliendo:<br />
››<br />
Punto 6 de la norma ética III, presentación de los productos:<br />
«En los anuncios de alimentos y bebidas dirigidos a un<br />
público menor de edad deben adoptarse precauciones para<br />
no explotar la imaginación de la persona menor de edad. La<br />
fantasía, incluyendo las animaciones y los dibujos animados,<br />
es idónea tanto para la población infantil como para mayores.<br />
Sin embargo, debe evitarse que la utilización publicitaria de<br />
tales elementos cree expectativas inalcanzables o explote la<br />
ingenuidad de la población infantil a la hora de distinguir entre<br />
fantasía y realidad». Cualquier observador que encienda<br />
la televisión en horario infantil puede comprobar que más<br />
del 70% de los anuncios incluyen algún tipo de animación,<br />
cuando no es el anuncio completo. Esto es claramente<br />
destacable en los anuncios de alimentos.<br />
››<br />
Punto 11 de la norma ética V, presión de ventas: «En los<br />
anuncios de alimentos y bebidas dirigidos a un público infantil<br />
los beneficios atribuidos al alimento o bebida deben ser<br />
inherentes a su uso. La publicidad no debe dar la impresión<br />
de que adquirir o consumir un alimento o bebida dará una<br />
mayor aceptación del niño o niña entre sus amistades. Y, al<br />
contrario, tampoco debe implicar que no adquirir o consumir<br />
un producto provocará su rechazo entre ellas». El anuncio al<br />
que nos referíamos en 2005 como un reclamo especialmente<br />
perjudicial ha sido retirado; además, contravenía<br />
claramente este punto.<br />
››<br />
Punto 13 de la norma ética VI, apoyo y promoción a través<br />
de personajes y programas: «La publicidad de alimentos o<br />
bebidas en ningún caso explotará la especial confianza de<br />
las personas menores en sus padres y madres, profesorado,<br />
o en otras personas, tales como profesionales de programas<br />
infantiles, o personajes (reales o ficticios) de películas o series<br />
de ficción, ni personajes conocidos o famosos de alto grado<br />
de aceptación entre el público infantil». Este punto sigue sin<br />
cumplirse, ya que se utilizan deportistas famosas y personajes<br />
de dibujos animados (no creados específicamente<br />
para el producto,) para promocionar alimentos infantiles.<br />
››<br />
Punto 17 de la norma ética IX, promociones, sorteos, concursos<br />
y clubes infantiles: «El mensaje publicitario que incluya<br />
una promoción deberá diseñarse de tal forma que, además<br />
de transmitir el mensaje relativo al incentivo promocional,<br />
muestre claramente el producto anunciado». Como ya hemos<br />
dicho, hay anuncios donde apenas se ve el alimento, solo<br />
los regalos ofertados.<br />
Además, tras un estudio realizado por el Grupo de Investigación<br />
sobre Comunicación, Sociedad y Cultura de la Universidad Juan<br />
Carlos I 149 , para el Ministerio de la Presidencia, se demostró que<br />
las cadenas televisivas incumplen el Código del que ellas mismas<br />
han sido artífices. Y es que tras observar los contenidos, ha quedado<br />
demostrado que en las 14 semanas que duró el estudio las<br />
cadenas obviaron su propia normativa en 9.000 ocasiones.<br />
148. http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0212-<br />
16112009000300009#f5<br />
149. www.consumer.es/web/es/alimentacion/aprender_a_comer_bien/infancia_y_adolescencia/2007/09/28/170109.php?page=6#sthash.czV804Lq.dpuf