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CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

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Código Municipal <strong>de</strong> Aguascalientes<br />

ARTICULO 28.- Se consi<strong>de</strong>ran Sesiones Extraordinarias, las que se celebren<br />

entre los periodos <strong>de</strong> las ordinarias; se tratarán exclusivamente él o los asuntos<br />

para el que fue convocado el Cabildo, y serán citados por el Presi<strong>de</strong>nte Municipal<br />

o a petición <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> los Regidores o Síndicos.<br />

ARTICULO 29.- Serán Sesiones Solemnes aquellas que el Cabildo les <strong>de</strong> ese<br />

carácter por la importancia que revisten y <strong>de</strong> acuerdo a la Ley que en materia<br />

municipal expida el Po<strong>de</strong>r Legislativo <strong>de</strong>l Estado. Deberán asistir los integrantes<br />

<strong>de</strong>l H. Ayuntamiento, conforme a la reglamentación protocolaria y podrá hacer uso<br />

<strong>de</strong> la palabra un representante <strong>de</strong>l H. Ayuntamiento previo acuerdo <strong>de</strong>l Cabildo.<br />

ARTICULO 30.- El miembro <strong>de</strong>l H. Ayuntamiento que no hubiere sido citado a una<br />

Sesión <strong>de</strong> Cabildo, podrá solicitar, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las veinticuatro horas siguientes a la<br />

fecha en que haya tenido conocimiento <strong>de</strong> la Sesión, que se vuelva a discutir en<br />

su presencia, él o los acuerdos tomados en su ausencia y el Secretario <strong>de</strong>l H.<br />

Ayuntamiento le informará <strong>de</strong> los acuerdos tomados, <strong>de</strong>biendo quedar asentado<br />

en el acta respectiva su opinión sobre cada uno <strong>de</strong> los asuntos tratados. En este<br />

caso el integrante <strong>de</strong>l Cabildo que se encuentre en dicho supuesto podrá solicitar<br />

la revocación <strong>de</strong>l acuerdo en cuestión en términos <strong>de</strong> lo establecido por este<br />

Código Municipal.<br />

ARTICULO 31.- El Informe anual <strong>de</strong> <strong>Gobierno</strong> <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte Municipal, será<br />

llevado a cabo en sesión solemne <strong>de</strong> cabildo a celebrarse en el mes <strong>de</strong> diciembre<br />

<strong>de</strong> cada año. El formato así como el or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>l día <strong>de</strong> este tipo <strong>de</strong> sesiones serán<br />

acordadas por el Cabildo en sesión previa a la misma, pero en todo caso<br />

contendrá la participación <strong>de</strong> dos integrantes <strong>de</strong>l H. Ayuntamiento, uno <strong>de</strong><br />

extracción partidista <strong>de</strong>l primer edil y otro más <strong>de</strong> entre los miembros <strong>de</strong> la<br />

oposición.<br />

ARTÍCULO 32.- En Sesiones tales como Ordinarias y Ordinarias Abiertas, podrá<br />

el H. Ayuntamiento utilizar la facultad potestativa <strong>de</strong> oír al auditorio en sus<br />

opiniones ya sea sobre el asunto a tratar en el or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>l día o sobre algún otro<br />

asunto <strong>de</strong> competencia municipal, previa solicitud que se haga por escrito. Por<br />

ningún motivo se permitirá la participación <strong>de</strong>l público sin haberse satisfecho este<br />

requisito.<br />

ARTÍCULO 33.- Los ciudadanos a que se refiere el artículo anterior, <strong>de</strong>berán<br />

hacerlo saber al Secretario <strong>de</strong>l H. Ayuntamiento antes <strong>de</strong> iniciarse la sesión para<br />

su acuerdo, y <strong>de</strong> haberse aprobado, <strong>de</strong>berán hablar sobre los temas para los<br />

cuales se conce<strong>de</strong> la intervención.<br />

ARTÍCULO 34.- En este tipo <strong>de</strong> Sesiones el H. Ayuntamiento escuchará la opinión<br />

<strong>de</strong>l público que participe en la Sesión y podrá tomarla en cuenta al dictaminar las<br />

resoluciones.<br />

ARTICULO 35.- En las Sesiones con intervención al público, el Secretario <strong>de</strong>l H.<br />

Ayuntamiento con la aprobación <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte Municipal, podrá suspen<strong>de</strong>r en el<br />

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