19.06.2013 Views

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Código Municipal <strong>de</strong> Aguascalientes<br />

g). Los relativos a la propaganda política, durante las campañas electorales;<br />

h). Escaparates y vitrinas;<br />

i). Mantas y carteles <strong>de</strong> plástico o materiales similares;<br />

j). Carteles y pendones;<br />

k). Inflables, y<br />

l). En general todo aquel que se fije, instale o coloque por un término no mayor <strong>de</strong><br />

noventa días naturales.<br />

ARTICULO 1217.- Se consi<strong>de</strong>ran anuncios permanentes:<br />

a). Los pintados, colocados o fijados en cercas y en predios sin construir;<br />

b). Los pintados, adheridos o instalados en muros y bardas;<br />

c). Los pintados o instalados en marquesinas y toldos;<br />

d). Los que se fijan o instalan en el interior <strong>de</strong> los locales a los que tenga acceso el<br />

público;<br />

e). Los que se instalan en estructuras sobre predios no edificados, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> que<br />

por su tamaño, peso y cimentación, requieren <strong>de</strong> un cálculo estructural explícito,<br />

así como <strong>de</strong> equipo especializado para su transportación y colocación;<br />

f). Los semiestructurales son aquellos que se encuentran separados <strong>de</strong> las<br />

construcciones, mismos que por sus características requieren <strong>de</strong> un cálculo<br />

estructural, así como <strong>de</strong> equipo especializado para su transportación y colocación.<br />

Estos anuncios se fijan al piso con postes menores a 12 pulgadas <strong>de</strong> diámetro o<br />

lado o en forma <strong>de</strong> navaja o estela o se construyen a base <strong>de</strong> mampostería;<br />

g). Los que se instalan en estructuras sobre azoteas;<br />

h). Los contenidos en placas <strong>de</strong>nominativas;<br />

i). Los pintados o colocados en pórticos y pasajes;<br />

j). Los pintados o colocados en puestos fijos y semifijos, y<br />

k). Los pintados y colocados en vehículos.<br />

ARTICULO 1218.- Por sus fines, los anuncios se clasifican en:<br />

I. Denominativos: Aquellos que solo contengan el nombre, <strong>de</strong>nominación o razón<br />

social <strong>de</strong> la persona física o moral <strong>de</strong> que se trate, profesión o actividad a que se<br />

<strong>de</strong>dique o el signo, así como la figura con que sea i<strong>de</strong>ntificada una empresa o<br />

establecimiento mercantil;<br />

II. De propaganda: Aquellos que se refieren a marcas, productos, eventos,<br />

servicios o activida<strong>de</strong>s análogas para promover su venta, uso o consumo;<br />

III. Mixtos: Aquellos que contengan como elemento <strong>de</strong> mensaje publicitario, los<br />

comprendidos en anuncios <strong>de</strong>nominativos y <strong>de</strong> propaganda, y<br />

IV. De carácter cívico, social y político.<br />

ARTICULO 1219.- Los anuncios en cuanto a su colocación, podrán ser:<br />

I. Adosados: Aquellos que se fijen o adhieran sobre las fachadas o muros <strong>de</strong> los<br />

edificios o vehículos;<br />

II. Auto soportados: Aquellos que se encuentran sustentados por uno o más<br />

elementos apoyados o anclados directamente al piso <strong>de</strong> un predio y cuya<br />

característica principal sea que su parte visible no tenga contacto con edificación<br />

alguna;<br />

391

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!