19.06.2013 Views

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES - Gobierno de ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Código Municipal <strong>de</strong> Aguascalientes<br />

convenios que el H. Ayuntamiento <strong>de</strong> Aguascalientes celebre con las Autorida<strong>de</strong>s<br />

Electorales, previo dictamen que para ese efecto expida la Secretaría.<br />

ARTICULO 1175.- En todo caso, se establece un término máximo <strong>de</strong> veinte días<br />

naturales contabilizado a partir <strong>de</strong> la fecha en que se efectúen las elecciones para<br />

que se proceda por parte <strong>de</strong> los partidos políticos al retiro <strong>de</strong> la publicidad<br />

instalada, incluyendo los elementos complementarios utilizados en dicha<br />

publicidad, o en todo caso el Ayuntamiento podrá celebrar convenio con la<br />

autoridad electoral correspondiente, a efecto <strong>de</strong> que esta le proporcione los<br />

recursos económicos suficientes para retirar la totalidad <strong>de</strong> la propaganda política<br />

<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> ese mismo plazo.<br />

ARTICULO 1176.- En el tiempo en que no se <strong>de</strong>sarrollen las campañas políticas,<br />

los anuncios <strong>de</strong> carácter político se sujetarán a las disposiciones <strong>de</strong>l Código y <strong>de</strong>l<br />

presente Código Municipal.<br />

ARTICULO 1177.- La persona física o moral, pública o privada, que pretenda fijar,<br />

instalar, colocar y retirar anuncios regulados por este or<strong>de</strong>namiento, <strong>de</strong>berá<br />

obtener previamente la licencia o permiso, según sea el caso, en los términos<br />

dispuestos por el Código, el presente Código Municipal y <strong>de</strong>más disposiciones<br />

aplicables, así como cubrir los <strong>de</strong>rechos que especifique la Ley <strong>de</strong> Ingresos<br />

vigente en el Municipio <strong>de</strong> Aguascalientes.<br />

ARTICULO 1178.- La Secretaría, para expedir licencias o permisos para la<br />

colocación, fijación, instalación y retiro <strong>de</strong> anuncios, <strong>de</strong>berá observar lo dispuesto<br />

en el presente Código.<br />

ARTICULO 1179.- Las licencias para anuncios permanentes autorizan el uso <strong>de</strong><br />

éstos por dos años naturales contados a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> expedición <strong>de</strong> la<br />

licencia.<br />

ARTICULO 1180.- Las licencias serán prorrogables por períodos iguales si la<br />

prórroga se solicita con 30 días naturales <strong>de</strong> anticipación cuando menos, a la<br />

fecha <strong>de</strong> vencimiento respectiva y subsisten las mismas condiciones que se hayan<br />

tomado en consi<strong>de</strong>ración para expedir la licencia original y el aspecto y estado <strong>de</strong><br />

conservación <strong>de</strong>l anuncio sea satisfactorio <strong>de</strong> acuerdo a lo establecido en el<br />

Código y en este Código Municipal.<br />

ARTICULO 1181.- Las licencias y permisos en materia <strong>de</strong> anuncios tendrán el<br />

carácter <strong>de</strong> intransferibles, según lo dispuesto por este Código Municipal.<br />

Los fabricantes <strong>de</strong> anuncios podrán obtener licencia o permiso municipal a nombre<br />

<strong>de</strong> sus clientes, respecto <strong>de</strong> los anuncios que les encarguen.<br />

Para tramitar esas autorizaciones, los fabricantes previamente <strong>de</strong>berán contar con<br />

su registro correspondiente ante la Secretaría.<br />

ARTICULO 1182.- Una vez vencido el plazo <strong>de</strong> la licencia para la colocación,<br />

instalación o fijación <strong>de</strong> los anuncios, su propietario o la persona que tenga el<br />

384

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!