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Aparte de las atribuciones de inspección y muestreo que tiene la autoridad de salud<br />

y las cuales se complementan con las resoluciones aprobadas en el MERCOSUR<br />

sobre “Guías para la inspección de ciertos establecimientos productores”, las infracciones<br />

de la legislación aplicable y sus reglamentos serán sancionadas con:<br />

Uruguay<br />

• multas del monto señalado por la ley según los casos y el cual puede ser<br />

actualizado por el poder ejecutivo;<br />

• incautación o retiro del comercio del producto;<br />

• cancelación del registro del producto y publicación de la infracción en<br />

medios de comunicación, a costa del infractor;<br />

• cierre temporal o definitivo del establecimiento, e inclusión en el registro<br />

de infractores indicando el tipo de transgresión, para poder graduar<br />

las sanciones.<br />

(Ley No. 15.443 de 26 de julio de 1983; Ley No. 15.703 de 1985;<br />

Decreto No. 801/86, Ordenanza No. 37/86)<br />

Para efectos de lograr el cumplimiento de las disposiciones de la Ley del medicamento,<br />

el Ministerio de Salud realizará inspecciones periódicas de los establecimientos<br />

farmacéuticos. El régimen de sanciones que reconoce el mismo<br />

documento es el siguiente:<br />

Venezuela<br />

1. Fallas administrativas sancionadas con multas según el monto que establece la ley.<br />

2. Faltas administrativas, sancionadas con multas de mayor monto, entre las cuales<br />

figuran:<br />

• elaborar, fabricar, importar, exportar o distribuir medicamentos sin<br />

autorización;<br />

• no realizar los controles de calidad exigidos o efectuar los procesos de<br />

fabricación o control de calidad mediante procedimientos no validados;<br />

• suministrar medicamentos en establecimientos no autorizados o sin la<br />

presencia y actuación del profesional autorizado para hacerlo;<br />

• realizar promoción, información o publicidad de medicamentos no<br />

autorizados o sin ajustarse a las exigencias establecidas por la ley; e<br />

• incumplimiento del deber de la farmacovigilancia por el personal sanitario.<br />

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