04.01.2015 Views

index

index

index

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La autoridad sanitaria podrá también autorizar la instalación de botiquines<br />

para el despacho o venta de los productos farmacéuticos y elementos de<br />

primeros auxilios que el Reglamento determine en las instituciones que se señala.<br />

De la misma manera, los establecimientos dedicados a importar, distribuir,<br />

vender a granel, fraccionar y otras actividades afines deberán estar debidamente<br />

autorizados y cumplir con las exigencias reglamentarias pertinentes, y no están<br />

autorizados para el expendio al público.<br />

(Código Sanitario; Decreto No. 466 de 1984)<br />

El ejercicio de la química farmacéutica o de la farmacia implica una función social<br />

de cuyo cabal desempeño son responsables los profesionales que la ejercen. Los<br />

establecimientos que se dedican a la venta de drogas oficiales y especialidades farmacéuticas<br />

así como al despacho de fórmulas magistrales y el cuidado y venta de<br />

barbitúricos, estupefacientes, cosméticos y similares, se ajustarán a la siguiente<br />

clasificación:<br />

Colombia<br />

Farmacia-droguería. Este es el establecimiento dedicado a elaborar y despachar<br />

fórmulas magistrales y vender estupefacientes, alcaloides, barbitúricos,<br />

oxitócicos, corticoides y psicofármacos. Se encarga también de la venta de drogas<br />

oficinales, drogas genéricas, sustancias químicas, especialidades farmacéuticas,<br />

higiénicas, alimentarias y dietéticas, preparados farmacéuticos de venta libre<br />

como insecticidas, rodenticidas y similares; cosméticos y productos de tocador;<br />

drogas de uso veterinario; materiales de curación, útiles, enseres y aparatos auxiliares<br />

de la medicina veterinaria y de la química farmacéutica.<br />

Droguería. Este es el establecimiento dedicado a vender al detalle los elementos<br />

y drogas enunciados en el párrafo anterior, con excepción de lo tocante a<br />

elaborar, despachar, almacenar y vender fórmulas magistrales una vez cumplidos<br />

los requisitos de control que a partir de la vigencia de la presente Ley exigirá el<br />

Ministerio de Salud Pública. (Modificado por el artículo 1 de la Ley No. 8 de 1971).<br />

(Ley No. 23 de 1962, modificada por la Ley No. 47 de 1967,<br />

artículos 2, 10 y 11)<br />

71

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!