Fallo completo - APDH Neuquén
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extremo como verdad de perogrullo, por tanto los libros deben dar cuenta de<br />
hechos reales, lo que no significa en realidad que aquellos no hayan podido ser<br />
alterados en la información, tal como lo afirmó el consorte de causa Molina<br />
Ezcurra, quien fundó la falsedad del documento a partir del conflicto bélico con<br />
la República de Chile.<br />
Agregó, a su vez, que el General Heriberto Auel refirió que lo largo de<br />
toda su trayectoria no había sido testigo de ningún acto de tormento en las<br />
instalaciones militares que visitó en ese extenso lapso. Afirmó, en definitiva, que<br />
la circunstancia de que Auel no haya presenciado tormentos en un ámbito militar<br />
supone tanto que Ballester no haya tomado noticia de la adulteración de la<br />
documental tratada.<br />
Por otra parte, en cuanto al relato de los testigos valorados en la sentencia,<br />
indicó que tanto la versión de Vera Urrutia como la de González, no revisten<br />
ningún grado de veracidad, siendo que el último testigo le asignó el rol de<br />
torturador en el centro de detención denominado “La Escuelita” a Gómez<br />
Arenas.<br />
En la medida en que esa misma actividad de torturador le atribuyó la<br />
víctima José Luis Cáceres -miembro de la Comunidad Informativa de la Policía<br />
de la provincia de Río Negro- a Gómez Arenas, la crítica de la defensa pasa por<br />
entender que el testigo dio una versión de los hechos que lo tiene como<br />
protagonista, al punto de señalar que buena parte de los acusadores particulares<br />
le imputaron a Cáceres la comisión de hechos delictivos; al punto que la víctima<br />
Teixido lo calificó de mitómano.<br />
En tal inteligencia, repasó las declaraciones que le fueran recibidas al<br />
testigo ante la <strong>APDH</strong> el 6/10/84, ante el Juzgado Federal de <strong>Neuquén</strong> el 8/8/85<br />
y ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca en enero de 1987,<br />
haciendo notar una serie de imperfecciones en su relato. En la primera, dijo que<br />
creyó reconocer la voz de Gómez Arenas; en la segunda, dijo, sin poder<br />
identificarlo, que podía decir que era Gómez Arenas; finalmente, en la tercera,<br />
refirió que no pudo constatar la presencia en Gómez Arenas en el centro<br />
clandestino de detención, pero podía reconocerlo por la voz de quien se hacía